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Empresa Importó y comercializó vehículos de las marca Chevrolet línea Corvette
CPE 6.2I, año modelo 2015 y Marca Cadillac, línea SRX 3.6I, año modelo 2016,
antes de contar con certificado ambiental.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) multó a General Motors
de México, S. de R.L. de C.V., con $1’200,064.53, por importar y comercializar
96 vehículos sin contar con el Certificado NOM de cumplimiento que expide esta
Procuraduría conforme a la legislación ambiental vigente.
Durante
visita de inspección practicada el 5 y 6 de octubre del 2016 con el objeto de
verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales establecidas en las
NOM-042-SEMARNAT-2003 y NOM-079-SEMARNAT- 1994, en la que se establecen los
límites máximos permisibles de emisiones provenientes del escape de los
vehículos automotores nuevos y de ruido, en planta, respectivamente, Normas
Oficiales Mexicanas de cumplimiento obligatorio para los corporativos que
comercializan vehículos automotores ligeros nuevos, cuyo peso bruto vehicular
no excede los 3 857 kilogramos, como es el caso de esta empresa.
Por
lo anterior, la PROFEPA constató que del 13 septiembre del 2015 al 18 de julio
de 2016, la empresa importó y comercializó en el territorio nacional 96
vehículos automotores nuevos sin contar con 2 certificados NOM de cumplimiento,
mismos que fueron obtenidos con posterioridad a la importación y
comercialización.
En
ese sentido y por no contar con los certificados NOM de cumplimiento antes de
la importación o comercialización de sus vehículos, se emitió resolución
administrativa en la que se impuso una sanción económica de $1’200,064.53.
La
empresa importó y comercializó vehículos de las marca Chevrolet línea Corvette
CPE 6.2I, año modelo 2015 y Marca Cadillac, línea SRX 3.6I, año modelo 2016,
sin contar con certificados NOM de cumplimiento ambiental.
La
PROFEPA inspeccionará a toda la industria automotriz del país para asegurar que
la misma cumpla con sus obligaciones ambientales, obteniendo su certificado NOM
de cumplimiento ambiental de manera previa a la importación y/o
comercialización de los vehículos que se comercializan en el territorio
nacional con el cual se asegura que éstos cumplan con los límites máximos
permisibles de emisiones a la atmosfera y de ruido y, en su caso, impondrá las
sanciones económicas correspondientes por el incumplimiento a la normatividad
ambiental.
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