domingo, 4 de junio de 2023

Transición de las TIIE a plazos mayores a un día hábil bancario a la TIIE de Fondeo en operaciones derivadas

Con el fin de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y considerando las
recomendaciones de la asociación que agrupa a autoridades financieras de diversos países,
denominada Consejo de Estabilidad Financiera (FSB, por sus siglas en inglés) y de la Organización
Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés) respecto de las
características que deben tener las tasas de referencia, 1 en enero de 2020, el Banco de México
comenzó a publicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a un día
hábil bancario (TIIE de Fondeo), con las características recomendadas por las mencionadas
organizaciones internacionales.
En línea con lo anterior, desde entonces, este Instituto Central ha fomentado el uso y desarrollo de
la TIIE de Fondeo, a fin de consolidarla como una referencia clave en el mercado de dinero y de
derivados. Recientemente, mediante las circulares 3/2022 y 4/2022, publicadas en el Diario Oficial
de la Federación el 13 de abril de 2023, se instrumentaron las reformas a las “Disposiciones
aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto
múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la
Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, contenidas en la
Circular 3/2012, y a las “Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 4o. de la Ley
para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros en materia de tasas de interés”,
contenidas en la Circular 14/2007, respectivamente, para establecer las fechas a partir de las cuales
se restringirá el uso de las TIIE a plazos mayores a un día hábil bancario como referencia en nuevos
contratos, así como para modificar la metodología para su cálculo.
En ese mismo sentido y conforme a lo señalado en el comunicado de prensa del 20 de diciembre de
2022, el Banco de México considera necesario que se restrinja el uso de las TIIE a plazos mayores a
un día hábil bancario como referencia para nuevas operaciones derivadas, así como reconocer el
uso de la TIIE de Fondeo dentro de las operaciones derivadas estandarizadas, conforme a lo
siguiente:
1
El FSB recomienda que las tasas de referencia cumplan con los principios establecidos por la IOSCO. Dichos principios
tienen por objetivo dar legitimidad a la determinación de dichas tasas, abordando aspectos relevantes como gobernanza,
metodología de cálculo, rendición de cuentas y calidad de la tasa de referencia. Para mayor información, se podrá
consultar: https://www.iosco.org/library/pubdocs/pdf/IOSCOPD415.pdf (disponible solo en inglés).
Publicada-Uso General
Información que ha sido publicada por el Banco de México
Página 1 de 2“2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo”
1. Se prohibirá el uso de las TIIE a plazos de 91 y 182 días para nuevas operaciones derivadas
que se celebren a partir del 1 de enero de 2024.
2. Se prohibirá el uso de la TIIE a plazo de 28 días para nuevas operaciones derivadas que se
formalicen a partir del 1 de enero de 2025.
3. A partir de las fechas señaladas, las entidades financieras referidas deberán abstenerse de
utilizar las TIIE a plazos mayores a un día hábil bancario en nuevas operaciones derivadas,
por lo que dichas entidades deberán utilizar como referencia la TIIE de Fondeo o a cualquier
otra tasa que cumpla con lo previsto en la regulación emitida por el Banco de México.
4. A partir del 1 de enero de 2025, se reconocerá el uso de la TIIE de Fondeo dentro de las
operaciones derivadas estandarizadas
Atento a lo anterior, este Instituto Central somete a consulta pública el proyecto de disposiciones
para modificar las “Reglas para la realización de operaciones derivadas”, contenidas en la Circular
4/2012 de este Instituto Central. El proyecto de reformas y su respectivo plan de consulta están a
disposición de cualquier persona en el portal del Banco de México, a través de la liga siguiente:
https://www.banxico.org.mx/ConsultaRegulacionWeb/
Este Banco Central recibirá comentarios a este proyecto de disposiciones del público en general,
únicamente por medio de dicho portal, hasta las 18:00 horas del 29 de junio de 2023.
Finalmente, el Banco de México exhorta rigurosamente a todos los participantes del mercado a
utilizar, a partir de esta fecha, la TIIE de Fondeo como referencia para nuevas operaciones derivadas,
de acuerdo con los principios globales de buenas prácticas, con objeto de facilitar una transición
ordenada y oportuna de las tasas de referencia en México.

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