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La CNDH hizo una recomendación a varias dependencias de la administración
pública federal, entre ellas a la PROFEPA.
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De acuerdo con la recomendación de la CNDH, la PROFEPA realizó visitas de
inspección a estaciones de monitoreo en 16 entidades federativas.
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La NOM-156-SEMARNAT-2012 establece las medidas para el adecuado funcionamiento de
las estaciones de monitoreo de la calidad del aire.
En atención a la recomendación de la Comisión Nacional de
los Derechos Humanos (CNDH), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
(PROFEPA) realizó visita de inspección en 16 entidades federativas, para
verificar el cumplimiento a lo indicado en la NOM-156-SEMARNAT-2012 que
estipula las condiciones y especificaciones para establecer y operar los
Sistemas de Monitoreo de la Calidad del Aire en el país.
Cabe recordar que la CNDH, en julio del presente año, hizo recomendaciones
a diferentes instancias del gobierno federal, en particular a la Procuraduría
Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA),
a revisar el cumplimiento de las
normas oficiales mexicanas respectivas al funcionamiento de las estaciones de
monitoreo atmosférico y técnicas de medición de contaminantes criterio por
parte de las autoridades locales.
Por ello y como parte de sus atribuciones, la PROFEPA
atendió la citada recomendación durante el mes de septiembre de 2018, antes de
los seis meses otorgados para cumplir con la recomendación.
La NOM-156-SEMARNAT-2012 es de aplicación en todo el país y
deben cumplirla los gobiernos locales en aquellas zonas o centros de población
que cuenten con alguna de las condiciones siguientes, según corresponda: Asentamientos
humanos con más de quinientos mil habitantes; zonas metropolitanas y asentamientos
humanos con emisiones superiores a veinte mil toneladas anuales de contaminantes
criterio primarios a la atmósfera.
Las visitas de inspección de PROFEPA se llevaron a cabo en
las siguientes entidades federativas: Aguascalientes, Baja California,
Chihuahua, Ciudad de México, Durango, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo,
Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro y San Luis
Potosí.
Como resultado de estas visitas de inspección, sólo en la
Ciudad de México se cumplió con la totalidad de sus obligaciones establecidas
en la NOM-156-SEMARNAT-2012. En los estados de Durango y Puebla no cumplieron
con aspectos relevantes de la Norma, por lo que se realizaron las clausuras
correspondientes.
En el resto de las entidades federativas se iniciaron los
procedimientos administrativos correspondientes debido a que se encontraron
irregularidades que requieren de la evaluación de su gravedad, a fin de
proceder con la imposición de medidas correctivas o incluso las clausuras
correspondientes.
Estas acciones se suman a otras que realiza la PROFEPA para la
protección del medio ambiente y la salud de los habitantes de zonas urbanas del
país, particularmente en lo que respecta a la mejora de la calidad del aire.
La PROFEPA reitera su compromiso de mantener informada a la
población sobre sus acciones y el cumplimiento de sus compromisos con otras
instancias como la CNDH, todo ello siempre con el objetivo de la protección y
conservación del medio ambiente.
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