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Realiza operativo coordinado con Policía Estatal Turística, Policía y
Fiscalía municipal de Compostela, para verificar el legal
uso y aprovechamiento de la ZOFEMAT, en ambas playas.
+ Revisa permisos a 150 vendedores ambulantes y retira a 53 de ellos, así como mobiliario semifijo, por carecer de permiso que
otorga la SEMARNAT.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) retiró a 53
vendedores ambulantes de las playas de Rincón de
Guayabitos y Los Ayala, en el municipio de Compostela, Nayarit, que no
contaban con permiso vigente que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARNAT), para realizar sus actividades
comerciales.
En
un operativo conjunto con la Policía Estatal Turística de Nayarit,
Policía Municipal y Fiscalía de Compostela, realizado
los días nueve y diez de noviembre en la Zona Federal Marítimo
Terrestre (ZOFEMAT) en ambas playas, se verificó que los 150 vendedores
ambulantes que realizan su actividad comercial contaran con los permisos
federales correspondientes para ejercer dicha actividad.
Como resultado de estas verificaciones,
53 vendedores no contaban con el permiso
correspondiente por lo cual, como medida preventiva, se les solicitó
retirarse del lugar en tanto no contaran con el permiso transitorio
correspondiente, medida que fue acatada por los vendedores
ambulantes.
También fue retirado de la ZOFEMAT, mobiliario semifijo consistente en 136 sillas, 44 mesas, 53 sombrillas y 02 triciclos,
por carecer de la autorización federal correspondiente, mismas que impedían el libre tránsito por dicho bien nacional.
Asimismo, se verificó a prestadores de servicios turísticos requiriéndoles el permiso emitido por la SEMARNAT para el uso
y aprovechamiento de la ZOFEMAT.
Estas
acciones operativas se intensificarán de manera conjunta en la próxima
temporada vacacional decembrina, en donde
se llevarán a cabo un mayor número de recorridos de vigilancia e
inspecciones para verificar el adecuado uso y aprovechamiento de la
ZOFEMAT.
El
uso, aprovechamiento o explotación de la playa, la ZOFEMAT, los
Terrenos Ganados al Mar (TGM) o cualquier otro depósito
que se forme con aguas marítimas, Bienes de la Nación, está regulado
por la Ley General de Bienes Nacionales y el Reglamento para el Uso y
Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona
Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar.
Su contravención podría ser sancionada por la PROFEPA con una multa de hasta 500 Unidades de Medida y Actualización, por
infracción, de conformidad con lo establecido en el artículo 74 del Reglamento antes referido.
La
PROFEPA exhorta a los empresarios, prestadores de servicios turísticos,
comerciantes y sociedad en general, a respetar
el adecuado uso y aprovechamiento de la ZOFEMAT y los TGM,
contribuyendo a disfrutar de manera adecuada y sustentable los recursos
naturales, generando un turismo responsable que se traducirá en
beneficio de los destinos turísticos del país.
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