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Es la segunda empresa clausurada recientemente por no presentar ningún
informe semestral ante la SEMARNAT, ni exhibir Certificados de
tratamiento emitidos.
+ Aplicaba la marca MX-1934 en los embalajes (tarimas), sin demostrar documentalmente que se había dado el tratamiento térmico.
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La empresa emitía certificados a sus clientes sin aplicar el
tratamiento térmico en los embalajes conforme lo establece la
NOM144-SEMARNAT-2017
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) realizó la
Clausura Total Temporal a un segundo Horno de tratamiento térmico a
embalajes de madera (tarimas) en el municipio
de Tecate, Baja California, en los últimos 15 días, debido a que no
realizaba el tratamiento térmico conforme lo especifica la
NOM-144-SEMARNAT-2017.
La Norma Oficial Mexicana NOM-144-SEMARNAT-2017, establece las medidas
fitosanitarias reconocidas internacionalmente para el embalaje de
madera, que se utilizan en el comercio internacional
de bienes y mercancías.
Personal de la PROFEPA en la entidad, durante visita de inspección,
observó que se trataba de un horno de 2.5 m de alto por 2.48 m de
ancho y 14.63 m de largo, con capacidad para
hornear aproximadamente 250 tarimas convencionales a la vez, el cual no
contaba con el sistema para la lectura de la temperatura y tiempo del
tratamiento, ni con el sistema para generar la información del
tratamiento, graficar y emitir los certificados correspondientes.
Este horno era utilizado sin cumplir con lo que marca la
NOM-144-SEMARNAT-2017, en el domicilio ubicado en Km. 136-1 de la
Carretera Tecate-Tijuana, Paso el Aguila, C.P: 21470, en
el municipio de Tecate, Baja California, sin contar con los archivos
correspondientes sobre los certificados emitido del tratamiento otorgado
a los embalajes comercializados, ni los reportes semestrales
presentados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales (SEMARNAT).
En la inspección se realizó un simulacro de tratamiento, sin que el
inspeccionado pudiera demostrar que el equipo que debería de dar la
lectura de temperatura y tiempo del horneado
en los embalajes, funcionara y emitiera el graficado del tratamiento,
para poder emitir el correspondiente certificado del tratamiento térmico
necesario, como cumplimiento de la medida fitosanitaria, de acuerdo a
como se especifica en la NOM-144-SEMARNAT-2017.
El personal de esta Procuraduría constató que el inspeccionado no
cumplía con las especificaciones previstas en la Norma Oficial Mexicana
NOM-144-SEMARNAT-2017; no cumplía con los
informes semestrales ante la SEMARNAT, no se llevaban los registros de
tratamientos térmicos realizados a embalajes de madera, ni se contaba
con reportes gráficos o documentales para comprobar la veracidad de la
aplicación del tratamiento térmico como medida
fitosanitaria.
También se encontró que el sello con el que se aplica la marca MX-1934
en los embalajes de madera (Tarimas) estaba húmedo con tinta
negra, sin embargo no se encontraron los embalajes marcados,
por lo que se presume que fueron retirados del sitio, al ver que se
inspeccionaba.
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