- La Asociación ha promovido entre sus afiliados el otorgamiento de descuentos a los arrendatarios, lo que podría ser contrario la LFCE si se fijan mediante un acuerdo entre los desarrolladores con el objeto o efecto de establecer una cuota o un tope máximo a otorgarse.
- La Comisión exhortó a la ADI México a fomentar y vigilar que sus afiliados estén tomando decisiones estrictamente individuales y conforme a sus propias estrategias de negocios, cuando otorguen descuentos a sus locatarios.
Ciudad de México, 31 de marzo de 2020.- La
Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) informa
que la Autoridad Investigadora, en uso de sus facultades, remitió una
advertencia a la Asociación Nacional de Desarrolladores Inmobiliarios
(ADI México), debido a que tiene conocimiento de que, con motivo de la
contingencia que vive el país a causa de la epidemia de COVID-19, esta
agrupación ha promovido entre sus miembros que otorguen descuentos y
beneficios a los arrendatarios que estén al corriente de sus pagos,
hecho que no es contrario a la Ley Federal de Competencia Económica
(LFCE), salvo el caso de que se establezcan mediante acuerdos que tengan
por objeto o efecto determinar una cuota o los descuentos máximos a
otorgar a los locatarios y/o inquilinos. Esta conducta podría consistir
en una práctica monopólica absoluta sancionada por la Ley.
Del
mismo modo, la Comisión precisó que también puede ser sujeto de sanción
el intercambio de información entre competidores con el objeto o efecto
de realizar la conducta descrita. Por lo anterior, se exhortó a la ADI
México a fomentar y vigilar que sus afiliados estén tomando decisiones
estrictamente individuales, y conforme a sus propias estrategias de
negocios, cuando otorguen descuentos y beneficios a los locatarios.
También recomendó a la ADI México revisar que su conducta presente y
futura no suponga la realización de una práctica monopólica absoluta.
La COFECE recuerda a
los agentes económicos que, en caso de haber participado en acuerdos
contrarios a la LFCE, pueden adherirse al Programa de Inmunidad,
mediante el cual obtendrían, a cambio de su total y plena colaboración,
una reducción de las sanciones aplicables, incluida la responsabilidad
penal. Asimismo, para tener mayor certidumbre sobre el intercambio de
información que podría constituir una práctica monopólica absoluta, se
recomienda consultar la Guía para el Intercambio de Información entre Agentes Económicos.
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