+ Realiza PROFEPA inspección en materia forestal por cambio de uso de suelo en terrenos forestales sin autorización.
+ Constata la afectación en más de siete hectáreas en el ejido Candelaria, municipio José María Morelos, estado de Quintana Roo.
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Afectación en vegetación secundaria arbórea de selva mediana
subcaducifolia y pastizal, para ser utilizada como áreas de cultivo de
limón y naranja.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró un
predio de una superficie de 73 mil 390 metros cuadrados (m2),
por la afectación de vegetación secundaria
arbórea de selva mediana subcaducifolia y pastizal; se pretendía
utilizar como áreas de cultivo de cítricos (limón y naranja), en el
municipio de José María Morelos, estado de Quintana Roo.
Inspectores
federales de esta Procuraduría en Quintana Roo, realizaron visita de
inspección en materia forestal por actividades relacionadas con cambio
de uso de suelo en terrenos forestales,
en un predio ubicado a la altura del kilómetro 3, del tramo
Candelaria-Reforma, en terrenos del Ejido Candelaria.
Los
inspectores constataron que, al interior de la propiedad hubo
afectación en la vegetación secundaria arbórea de selva mediana
subcaducifolia y pastizal, en una superficie de 73 mil 390
m2 (7.339 hectáreas), para ser utilizada como áreas de cultivo de limón y naranja.
Al
momento de la inspección, el visitado carecía de la autorización
emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT), para el cambio de uso de suelo en terrenos
forestales.
Los
inspectores actuantes determinaron, como medida de seguridad, la
imposición de la clausura total temporal de actividades y trabajos de
remoción de la cobertura vegetal en el predio inspeccionado,
con fundamento en el artículo 170, fracción I, de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
De
acuerdo a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS),
las violaciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de
una multa por el equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad
de Medida y Actualización, y ser obligados a llevar a cabo las
actividades de restauración necesarias del sitio afectado, además de, en
su caso, la Suspensión total del proyecto o predio.
La
PROFEPA dará seguimiento y atención para que no se continúe con la
realización de actividades que afecten los terrenos forestales, sin que
se cuente para ello con la autorización de la SEMARNAT.
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