+ La empresa no presentó informes semestrales ante la SEMARNAT, no exhibió los archivos de los Certificados
de tratamiento emitidos ni la autorización original,
incumpliendo con la NOM-144- SEMARNAT-2017, que regula el tratamiento de
los embalajes de madera utilizados en el comercio internacional.
+ Se aplicaba la marca MX-198 en los embalajes (tarimas), sin demostrar documentalmente que se había dado el
tratamiento térmico necesario como medida fitosanitaria de acuerdo a como lo especifica la NOM-144-SEMARNAT-2017.
+ En la inspección se encontraron 2,000 embalajes o tarimas de madera con la marca MX-198 aplicada con tinta
negra, que fueron retenidas precautoriamente por ser marcadas sin habérseles realizado el tratamiento adecuado.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)
impuso la Clausura Total Temporal de un Horno de tratamiento térmico a
embalajes de madera (tarimas) en el municipio de Tecate, Baja
California, debido a que no realizaba el tratamiento térmico
conforme lo marca y especifica la NOM-144-SEMARNAT-2017.
En dicha norma, se establecen las medidas fitosanitarias
reconocidas internacionalmente para el embalaje de madera, que se
utilizan en el comercio internacional de bienes y mercancías.
Asimismo fueron retenidas precautoriamente un total de 2,000
embalajes o tarimas de madera con la marca MX-198 aplicada con tinta
negra,
así como una placa metálica con la que se aplicaba la citada
marca, sin habérseles realizado el tratamiento término adecuado conforme
a la norma.
Personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad,
durante visita de inspección, observó que se trataba de un horno con
capacidad para hornear hasta 300 tarimas a la vez, el cual no contaba
con los termocoples para la lectura de la temperatura
del tratamiento, ni con el sistema para generar la información del
tratamiento, graficar y emitir el certificado correspondiente.
Este horno era utilizado sin cumplir con lo marca la
NOM-144-SEMARNAT-2017, en el domicilio ubicado en Km. 109 de la
Carretera Tecate-Mexicali s/n, Loma Toba, en el municipio de Tecate, sin
contar físicamente con la autorización ni con los archivos
correspondientes
sobre los certificados emitido del tratamiento otorgado a los
embalajes,
ni los reportes semestrales presentados ante la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
El inspeccionado no presentó al personal de PROFEPA copia ni original de la autorización emitida por la SEMARNAT, que amparara
la instalación del horno y que
tuviera la facultad para poder aplicar la marca MX-198, misma que se
aplicaba en los embalajes (tarimas) para certificar que se les ha dado
el tratamiento térmico necesario, como cumplimiento
de la medida fitosanitaria, de acuerdo a como se especifica en la
NOM-144-SEMARNAT-2017.
El personal actuante de la PROFEPA constató que el inspeccionado
tampoco cumplía con las especificaciones previstas en la Norma Oficial
Mexicana NOM-144-SEMARNAT-2017; no cumplía con los informes semestrales
ante la SEMARNAT, no llevaba los registros
de tratamientos térmicos realizados a embalajes de madera ni contaba
con reporte gráfico o documental para comprobar la veracidad de la
aplicación del tratamiento térmico como medida fitosanitaria.
Al preguntar a los trabajadores sobre su aplicación, se informó
que se había realizado la aplicación de la marca a pesar de que el horno
no contaba con los termocoples para la lectura de la temperatura y el
tiempo del tratamiento, así como tampoco se
contaba con el equipo o sistema para el registro y lectura de la
información del tratamiento término y poder, con ello, emitir el
certificado correspondiente.
También se encontró en un vehículo estacionado dentro de la
empresa inspeccionada, un cargamento de 154 embalajes (Tarimas) con la
marca aplicada y que era cargado para
ser remitido a uno de sus clientes, por lo que se les requirió
que fueran bajados y acumulados con los embalajes almacenados existentes
en la empresa.
Todos estos los embalajes marcados
fueron retenidos precautoriamente por haberles aplicado la marca sin
realizarles el tratamiento térmico conforme lo marca la NOM-144-SEMARANT-2017.
No hay comentarios:
Publicar un comentario