martes, 6 de noviembre de 2018

PROFEPA CLAUSURA EMPRESA DE FUNDICIÓN Y MOLDEO EN GUADALAJARA, JALISCO

 


+ La clausura total temporal fue ordenada en el procedimiento administrativo por no cumplir con las obligaciones que le establece el Reglamento de La Ley General del Equilibrio Ecológico en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.

+ La empresa se dedica a la fundición, moldeo y galvanoplastia de hebillas y herrajes.

+ Los sellos de clausura se colocaron en los equipos generadores de emisiones a la atmósfera, sin limitar el acceso a las instalaciones.
           
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) impuso una medida de seguridad consistente en la Clausura Total Temporal de los equipos generadores de emisiones a la atmósfera de la empresa “Hebillas y Herrajes Fargos, S.A. de C.V.”, ubicada en la Colonia Santa María del Sector Libertad en el municipio de Guadalajara, Jalisco.

La medida de seguridad se impuso en cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de emplazamiento, ya que la empresa no acreditó contar con la Licencia de Funcionamiento o Licencia Ambiental Única (LAU); ni con las bitácoras de operación y mantenimiento de sus equipos de proceso y de control; por no canalizarlas las emisiones a la atmósfera de sus equipos generadores y por no realizar la medición de las mismas.

Las citadas obligaciones se encuentran identificadas en los Artículos 17, 18, 19, 23 y 24 del Reglamento de La Ley General del Equilibrio Ecológico en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.
         
Por lo antes indicado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 170 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, considerando que dichas emisiones de partículas producto de la combustión sin ningún control en la cantidad, densidad y composición química constituyen un caso de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes y para la salud publica esta Procuraduría determinó imponer como medida de seguridad la clausura parcial temporal de los equipos contaminantes de la empresa.
         
La media de seguridad se mantendrá, hasta que la empresa inspeccionada acredite que ha cumplido todas y cada una de las medidas correctivas dictadas por esta autoridad.

Con dicha acción, se evita que la empresa clausurada lleve a cabo actividades al margen de la ley, que causen contaminación a la atmósfera y el medio ambiente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario