martes, 23 de julio de 2019

Clausura Profepa predio por acopio irregular de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos



+Se impuso la medida de seguridad por no contar con autorización para el acopio temporal de residuos peligrosos otorgada por la Semarnat.
+Se identificaron Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI) no anatómicos y medicamentos caducos en un volumen de 44 metros cúbicos a la intemperie.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso como medida de seguridad la Clausura Total Temporal a un predio ubicado en el Municipio de San Juan del Río, Querétaro, por acopio irregular de 44 metros cúbicos de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI).
 
Inspectores de Profepa atendieron un reporte de la Dirección de Ecología municipal, quienes recibieron una denuncia que señalaba la disposición irregular de residuos peligrosos en un predio de la Colonia San Rafael.
 
Durante la visita de inspección, personal de Profepa confirmó la presencia de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos no anatómicos y medicamentos caducos en bolsas rojas y envasadas en contenedores sobre suelo natural que afectó un área aproximada de 300 metros cuadrados. En el predio se observó el mismo tipo de material dentro de un vehículo de carga y otros depositados en una construcción con suelo de concreto y techo de lámina. 
 
Por lo anterior, se levantó un acta de inspección a la empresa responsable, cuyo representante legal manifestó ser un prestador de servicios autorizado por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), para la recolección y transporte de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos, sin embargo, carecía de documentación y de instalaciones adecuadas para el manejo y disposición final de este tipo de residuos.

Debido a que el inspeccionado no exhibió la autorización para el acopio temporal de residuos peligrosos otorgada por la Semarnat para al almacenamiento de residuos peligrosos provenientes de terceros, según lo establecido en el Artículo 50 fracción III de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; y al riesgo de desequilibrio ecológico que representa el manejo inadecuado de residuos peligrosos, con fundamento en el Artículo 170 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y al Protección al Ambiente, se impuso como medida de seguridad la Clausura Total Temporal y se procedió a colocar sellos de clausura en el acceso al predio.

Los riesgos de un manejo inadecuado de este tipo de residuos y de medicamentos caducos son: la exposición a agentes infecciosos y transmisión de enfermedades, la intoxicación por liberación al medio de productos farmacéuticos, en particular antibióticos, la proliferación de fauna nociva, la generación de olores desagradables, la contaminación del subsuelo y el agua por infiltraciones de los lixiviados.
 

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