En la Confederación
Patronal de la República Mexicana respaldamos las políticas
públicas para combatir frontalmente todas las formas de ilegalidad,
especialmente la delincuencia organizada.
Históricamente
hemos acompañado iniciativas de los distintos grupos parlamentarios
en el Congreso de la Unión, que han tenido como objetivo principal
crear nuevas instituciones y aprobar leyes, tendientes a inhibir los
delitos y castigar ejemplarmente a quienes violen la Ley.
El texto de la Ley
Nacional de Extinción de Dominio realizada en el periodo
extraordinario de sesiones en la Cámara de Diputados el pasado 25 de
julio, violenta uno de los principios más importantes en nuestra
Carta Magna que es la presunción de inocencia y pone en riesgo uno
de los derechos fundamentales de todo individuo: el respeto a la
propiedad privada.
El Gobierno Federal
ha dejado claro que enfrentar la delincuencia y combatir la
corrupción está en sus prioridades. Nuestro respaldo en esos
propósitos.
Sin embargo, esas
tareas no deben soportarse en leyes que impliquen un riesgo latente
en contra de los derechos humanos, al ignorar la presunción de
inocencia, y dejar vulnerable la propiedad privada.
Al establecerse en
la Ley Nacional de Extinción de Dominio la desposesión e incluso la
venta anticipada de bienes de propiedad de personas presuntamente
involucradas en actos ilícitos, aunado a la ampliación exponencial
de las conductas que podrían justificar tal medida sin que exista
una sentencia condenatoria, se genera un grave riesgo de vulnerar el
debido proceso.
En la normatividad
hasta hoy vigente, la extinción de dominio se limitaba
exclusivamente a delitos relacionados con el narcotráfico y el
crimen organizado, sin embargo, con la legislación aprobada por las
Cámaras, el número de nuevos tipos penales que podrían detonar la
extinción de dominio aumentaría de 5 hasta llegar a 245.
De esta manera, se
crea el riesgo de situaciones donde el gobierno pueda quitarle la
propiedad a ciudadanos de buena fe, en casos tan simples, como cuando
se presenten faltas administrativas relacionadas con la violación o
remoción de sellos de clausura en establecimientos mercantiles, que
podrán ser tipificados y aplicables a esta figura, aún cuando dicha
falta haya sido cometida por terceros y no por el dueño de un bien
inmueble objeto de algún proceso penal.
La extinción de
dominio está diseñada para combatir el poderío económico de la
delincuencia organizada, no para crear incertidumbre a los ciudadanos
expuestos a una conducta errónea, excesiva o represiva del Estado.
Por ello,
consideramos excesivo que se faculte al Gobierno a expoliar bienes
sin que medie la sentencia de un Juez que determine la realización
de conductas que puedan ameritar una acción de esa envergadura
jurídica.
Las prácticas
confiscarías, son propias de regímenes autocráticos. Nunca deben
tener lugar en un Estado basado en el respeto a los derechos
fundamentales y en la democracia.
Dado que la Ley
Nacional de Extinción de Dominio ya fue aprobada en ambas Cámaras
del Congreso de la Unión, la Coparmex hace un llamado al Presidente
de la República, para que haga uso de la facultad que le confiere la
Constitución Política, y realice las observaciones pertinentes a
esta Ley, es decir, que ejerza el derecho de veto, acotando los tipos
penales al crimen organizado y narcotráfico, y a que, en cualquier
caso, haya una sentencia condenatoria dictada por un juez para
proceder a la extinción de dominio.
La formulación de
observaciones por parte del Presidente, permitiría devolver a las
comisiones dictaminadoras la iniciativa, a fin de ajustar esta
herramienta, dotándola de los candados necesarios que permitan una
correcta implementación de la Ley, eliminando la incertidumbre
jurídica y el riesgo de actos arbitrarios que pudieran afectar a los
ciudadanos de bien.
El Presidente de la
República, debe ejercer su derecho de veto.
Hacerlo no implica
una práctica antidemocrática, pues está previsto en la
Constitución, como un proceso formal de la responsabilidad
compartida del Poder Ejecutivo y el Legislativo, en la formación de
leyes justas.
La persecución de
los delitos y el combate al crimen organizado, no deben deteriorar la
seguridad jurídica de los ciudadanos.
Las leyes deben
asegurar, que cualquier gobierno o funcionario garantice, hasta al
más severo crítico, la tutela de sus derechos y el respeto a su
patrimonio.
El veto del
Presidente hacia una ley carente de salvaguardas para el principio de
presunción de inocencia y respeto a la propiedad, puede ser una
señal clara y contundente de un compromiso inequívoco con la
legalidad y el Estado de Derecho.
Por el bien del
País, esperamos que así sea.
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