Como consecuencia de este acto y en defensa de
la legalidad y el Estado de Derecho, el colectivo #NoMásDerroches,
promovió más de un centenar de amparos y obtuvo suspensiones
definitivas en contra de la construcción del Aeropuerto Internacional en
Santa Lucía (AISL).
Con el propósito de que se revoquen las órdenes
judiciales, el Ejecutivo decidió invocar “el interés nacional”
y decretar
como Instalaciones
Estratégicas todos
los espacios,
inmuebles, construcciones, equipo y demás bienes de la Secretaría de la Defensa Nacional
(SEDENA).
Para ello, la SEDENA solicitó en juicio que se
revoque la suspensión definitiva bajo los siguientes argumentos:
Que el Proyecto del AISL se encuentra integrado
como Instalación Estratégica.
Que la suspensión definitiva pone en peligro la
defensa, integridad y soberanía del país por no permitir el despliegue de tropas para atender la seguridad nacional.
Que pone en riesgo la “protección y seguridad
para todos los ciudadanos de la República” al impedir la aplicación del Plan DN-III-E.
La solicitud de revocación es la crónica de una
maniobra anunciada. El 23 de agosto el Presidente de la República declaró que “… vamos a acudir a la facultad que tiene el Estado para poner a salvo el interés nacional”
y el 29 de agosto que “[Estamos ya tramitando que se resuelva en definitiva lo de los amparos … para tener a tiempo el nuevo aeropuerto.”
¿Debemos
entender que hasta el momento de solicitar
la revocación peligraban la integridad, estabilidad y soberanía del
Estado Mexicano? ¿Que de haber sucedido una emergencia el Plan DN- III-E
no habría
podido llevarse
a cabo?
¿Que los
amparos impiden
los entrenamientos
y operaciones militares
en la
Base Militar
de Santa
Lucía? ¿Que
nadie se
había dado
cuenta de
que para
garantizar la seguridad
nacional hacía
falta catalogar
los bienes
de la
SEDENA como
instalaciones estratégicas?
El
aeropuerto militar en Santa Lucía existe desde
hace casi 70 años y se encuentra en operación y funcionamiento con toda
regularidad. Lo único que suspendió el Poder Judicial fue la
construcción del AISL hasta que se resuelva en definitiva el juicio.
Esta suspensión no afecta ni la seguridad nacional, ni el interés social, ni el orden público. En todo caso, el
Proyecto de construcción no es todavía un bien y no puede ser declarado
Instalación Estratégica. Más aún, si algún efecto tiene la
suspensión de la construcción del AISL es precisamente proteger el orden
público, el interés social, las finanzas públicas y el medio ambiente.
De
revocarse dicha suspensión, se lesionaría gravemente
el derecho a un medio ambiente sano, la integridad y estabilidad de las
personas que viven en las zonas aledañas a Santa Lucía, la vida y
seguridad
de los
usuarios de
las instalaciones
aeroportuarias y
cientos de
miles de
millones de
pesos del erario.
Peor
todavía, generaría
un precedente
preocupante y
sumamente negativo
para la
protección de los
derechos fundamentales
en México
abriendo la
puerta para
que en
futuras ocasiones
se apele a
la “seguridad
nacional” y
el orden
público con
el fin
de anular
el derecho
al amparo
que tenemos los
ciudadanos. El propio artículo
4° de
la Ley
de Seguridad
Nacional indica
que ésta
se rige
por el
respeto a
los derechos
fundamentales de
protección a
la persona
humana y
garantías individuales y sociales.
El
Poder Judicial
de la
Federación tiene
la indelegable
función de
proteger a
los mexicanos
en contra de
cualquier abuso por parte de las autoridades. Confiamos que el Juez
Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México
resolverá con imparcialidad, conforme a derecho y teniendo
en cuenta, en todo momento, el bien común y los derechos de todos los
mexicanos.
Los mexicanos deseamos y merecemos vivir en
un Estado de Derecho.
No hay comentarios:
Publicar un comentario