miércoles, 19 de diciembre de 2018

PROFEPA ASEGURA UNA CRÍA DE COCODRILO, DOS IGUANAS VERDES Y UNA TORTUGA DE CONCHA BLANDA AL COMERCIO INFORMAL EN MORELIA, MICHOACÁN



+ El vendedor ambulante no acreditó la legal procedencia de los ejemplares exhibidos, así como el aviso ante la SEMARNAT para realizar el aprovechamiento de subsistencia y comercialización.

+ Las especies de cocodrilo de pantano,  iguana verde y  tortuga concha blanda,  se encuentran listadas en la categoría de Sujetas a protección especial (Pr), dentro de la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.


         La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en coordinación con Policía Municipal de la Ciudad de Morelia, realizó el  aseguramiento precautorio de cuatro ejemplares de vida silvestre en un expendio temporal de comercio informal ubicado en la colonia Vasco de Quiroga, en la ciudad de Morelia, Michoacán.

         Se trata de: una cría de cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii), dos iguanas verdes (Iguana iguana), y una tortuga de caparazón blando (Apalone spinifera); mismos que eran exhibidos para su comercialización por un vendedor ambulante.

         Al momento de la inspección se solicitó al propietario mostrara la documentación para acreditar la legal procedencia de los ejemplares exhibidos, así como el aviso de registro ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para llevar a cabo la comercialización de ejemplares de vida silvestre; sin que este contara con la documentación solicitada por los inspectores federales.

         El Cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii), la Iguana verde (Iguana iguana) y la tortuga concha blanda (Apalone spinifera) se encuentran catalogadas como especies sujetas a protección especial (Pr) en la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

         Asimismo, el cocodrilo de pantano y la iguana verde se encuentran listadas en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES, por sus siglas en inglés), mientras que la tortuga concha blanda, se encuentra listada en el Apéndice III, de la citada Convención únicamente para el caso de los Estados Unidos.  

         Es preciso señalar que de acuerdo al artículo 51 de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), “poseer ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat natural, requiere la documentación que ampare su legal procedencia”;  documento que no fue presentado por el inspeccionado, siendo causa de sanciones administrativas contempladas en el artículo 122 fracción X.
        
         Los cuatro ejemplares de vida silvestre fueron trasladados al Parque Zoológico Benito Juárez de Morelia, en donde se cuenta con las instalaciones y personal especializado para su atención y cuidados en tanto se define su situación legal y destino final.

         Mediante acciones coordinadas con la Policía Municipal de Morelia; la PROFEPA refrenda su compromiso con la sociedad mediante acciones de protección, conservación, comercialización y manejo de la Vida Silvestre.

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