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Se observó la presencia de equipo para realizar fundición de metales
ferrosos y no ferrosos, al haber tres hornos giratorios sin
operación.
Derivado de una denuncia, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en el Estado de Nuevo León realizó una
visita de inspección a una empresa que realiza la actividad de reciclaje de plástico.
Dicha empresa registró irregularidades administrativas como el no contar con la Licencia Ambiental Única (LAU),
emitida
por la Semarnat para la regulación ambiental vigente para la operación y
funcionamiento de las Fuentes Fijas de Jurisdicción Federal en materia
de atmósfera, impacto y riesgo ambiental,
emisiones a la atmósfera, generación y tratamiento de residuos
peligrosos.
También
incumplió al no conducir las emisiones contaminantes hacia la atmósfera
a través de ductos de descarga, siendo consideradas
emisiones fugitivas, mismas que conllevan a problemas de seguridad y
salud, como la degradación de la calidad del aire desconociendo por ende
cantidad y contaminantes que son emitidos en la atmósfera.
La
Profepa observó la presencia de equipo para realizar fundición de
metales ferrosos y no ferrosos, al haber tres hornos giratorios sin
operación.
Al carecer de estas obligaciones señaladas, y de conformidad con el artículo
170 Fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente (LGEEPA), y artículo 47 segundo párrafo del
Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, se impuso como medida de seguridad la Clausura
Temporal Total de dos hornos rotatorios con capacidad de diez toneladas
y un horno con capacidad de cinco toneladas, mismos que se encuentran
dentro del establecimiento.
Así
mismo se procedió a realizar el Aseguramiento Precautorio de los hornos
por estar directamente relacionados con la conducta que da lugar
a la imposición de la medida de seguridad.
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