La
investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una
actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley
Federal de Competencia Económica.
Las
investigaciones de posibles acuerdos colusorios en los procesos de
contratación pública son prioritarias para la COFECE, pues la
adquisición de servicios más costosos de lo que podrían conseguirse con
competencia impacta en la eficiencia del gasto público.
Ciudad de México, 3 de abril de 2019.-.- La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó hoy, en el Diario Oficial de la Federación
y en su portal de internet, el extracto del acuerdo de inicio de
investigación por oficio por la posible realización de prácticas
monopólicas absolutas en el mercado relativo a los procedimientos
de adquisición relacionados con la renovación y mantenimiento de
tecnología y sistemas utilizados en la infraestructura carretera en el
territorio nacional. Esta
tecnología se utiliza en los sistemas de peaje, aforo e ingreso de las
casetas, alertas por incidentes de tránsito y, en general, permite la
conectividad y operación de carreteras en el territorio nacional.
Las
prácticas monopólicas absolutas son contratos, convenios, arreglos o
combinaciones entre agentes económicos entre sí, cuyo objeto o efecto
sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o
la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o
coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de
información entre ellos para realizar alguna de las conductas
anteriores.
Investigar
posibles colusiones en las contrataciones públicas es una actividad
prioritaria para la COFECE, pues estas provocan servicios más costosos
respecto a los adquiridos en condiciones de competencia, lo que impacta
negativamente en la eficiencia del gasto público. Respecto al mercado
investigado es importante destacar que, de acuerdo con índices de
competitividad internacionales[1],
México es el séptimo lugar a nivel global en materia de conectividad
vial. No obstante, el país está 40 lugares debajo en cuanto a calidad de
la infraestructura carretera. Esta investigación se centra justamente
en este rubro, al referirse a la renovación y mantenimiento de la
tecnología utilizada en las mismas.
Esta
investigación, identificada con el número de expediente IO-003-2018, no
debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de
agente económico alguno, toda vez que hasta el momento no se han
identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de
competencia económica, ni el o los sujetos, quienes, de ser el caso,
serían considerados como probables responsables al término de la
investigación.
El
plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a
partir del 28 de septiembre de 2018, fecha de inicio de la
investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por
cuatro ocasiones.
Si al
término de la investigación no se encuentran elementos que presuman la
realización de dicha práctica anticompetitiva, el Pleno de la COFECE
resolvería su cierre. En caso de que se encuentren elementos que
presuman una violación a la Ley, quienes resulten responsables serán
llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que
presenten su defensa.
Conforme a la Ley Federal de Competencia Económica,
de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los
agentes económicos podrían ser multados hasta con el 10% de sus
ingresos. También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan
coadyuvado, propiciado o inducido la realización de estas prácticas. Las
personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u
orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir
prisión de conformidad con el Código Penal hasta por 10 años.
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