La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró de manera
precautoria 8.5 metros cúbicos de madera en rollo de la especie barcino (Cordia
elaeagnoides), la cual era transportada de manera ilegal en un vehículo tipo
redilas, en el municipio de Tomatlán, Jalisco. Una persona fue puesta a
disposición del Ministerio Público Federal por presunción de tráfico de
materias primas forestales.
Lo
anterior en atención a una denuncia ciudadana recibida de manera anónima
durante labores de inspección y vigilancia, realizadas en coordinación con
elementos de la Fuerza Única del Estado de Jalisco y Agentes del Ministerio
Público Federal.
Al
realizar revisiones de rutina, personal de la PROFEPA detuvo un vehículo tipo
redilas de 5 toneladas en el cual transportaban madera en rollo de barcino
(Cordia elaeagnoides), con el objeto de verificar la legal procedencia del
producto forestal.
Durante
la inspección se requirieron al transportista los documentos oficiales para
acreditar el origen de la madera, presentando un Reembarque Forestal
proveniente de un Centro de Almacenamiento y Transformación (CAT) ubicado en el
municipio de Tecomán, Colima; con destino final al municipio de Casimiro Castillo,
en el estado de Jalisco.
Cabe
señalar que una vez revisada la documentación, se encontró que dicho reembarque
amparaba el transporte de un volumen de 4.5 metros cúbicos de madera en rollo,
mientras que el volumen total transportado consistía en 90 piezas de madera en
rollo, que dieron un total de 8.5 metros cúbicos.
Por
ello, y debido a que el documento con el que se intentó amparar la madera
contaba además con una fecha posterior a la del momento de la revisión, los
inspectores de la PROFEPA procedieron a implementar como medida de seguridad el
aseguramiento precautorio del vehículo tipo redilas, así como de las 90 piezas
de madera de barcino (Cordia elaeagnoides).
Finalmente,
el conductor del vehículo fue puesto a disposición del Ministerio Público de la
Federación, por la comisión de dicho delito.
De
conformidad con lo establecido en el artículo 419 del Código Penal Federal, el
cual establece que a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene
o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro
recurso forestal maderable, se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y
de trescientos a tres mil días multa.
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