miércoles, 27 de diciembre de 2017
CLAUSURA PROFEPA COMPLEJO TURÍSTICO CONSTRUIDO ILEGALMENTE EN CABO CORRIENTES, JALISCO
+ Inspecciona desarrollo turístico ubicado dentro en la Región Terrestre Prioritaria Chamela-Cabo Corrientes, la cual presenta una gran diversidad de ecosistemas y vegetación.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal el complejo turístico conocido como “Cabañas El Cielito”, ubicado en el municipio de Cabo Corrientes, Jalisco, por no contar con la autorización en materia de impacto ambiental requerida para su construcción y operación.
Inspectores de PROFEPA adscritos a la Oficina Regional de Bahía de Banderas realizaron visita de inspección al complejo turístico, con objeto de verificar que las obras y actividades realizadas contaran con autorización en materia de impacto ambiental que para tal efecto emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
En el sitio inspeccionado, se detectó un camino de piedra que conduce a un espacio abierto de 80 metros cuadrados que se utiliza como estacionamiento del complejo turístico, el cual consta de un total de 12 cabañas terminadas, cada una de 42 metros cuadrados y cuentan con una habitación, baño completo y terraza.
Así mismo, el complejo turístico cuenta con recepción, restaurante, cocina, bar, sanitarios, lavandería y bodega, todas construidas de ladrillo, cemento y algunas con techo de palapa, cubriendo una superficie total de 149.7 metros cuadrados.
Además, se encontró una alberca con vista al mar y área de camastros, las cuales cubren una superficie total de 50 metros cuadrados.
Este desarrollo inmobiliario también cuenta con un área para manejo y almacenamiento de residuos sólidos y dos cisternas para el tratamiento de aguas negras.
Durante la diligencia, los inspectores de PROFEPA solicitaron al visitado exhibiera la autorización en materia de Impacto Ambiental otorgada por la SEMARNAT para las obras realizadas, quien manifestó no contar con dicho documento.
Por lo anterior, con fundamento en el artículo 170 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), se impuso como medida de seguridad la Clausura Total Temporal del complejo turístico, misma que permanecerá hasta en tanto el visitado no presente la autorización correspondiente.
Cabe señalar que el artículo 28 de la LGEEPA, en su fracción IX, establece que quien pretenda llevar a cabo desarrollos inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros, requieren contar previamente con la autorización en materia de impacto ambiental de la SEMARNAT.
El responsable podría hacerse acreedor a una multa por el equivalente de 30 hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización, así como a la clausura temporal o definitiva, parcial o total de las obras y actividades inspeccionadas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 171 de la LGEEPA.
El complejo turístico clausurado se ubica dentro de la Región Terrestre Prioritaria Chamela - Cabo Corrientes, la cual presenta una gran diversidad de ecosistemas y vegetación, además de ser considerada como la de mayor concentración de especies protegidas como el jaguar, la guacamaya verde y el cocodrilo de río.
Además, la construcción de desarrollos inmobiliarios en ecosistemas costeros sin la autorización en materia de Impacto Ambiental, ocasiona impacto ambientales negativos que generan una fuerte presión sobre los recursos naturales y el ambiente, afectando el equilibrio, la fragilidad y las características de estos ecosistemas.
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