lunes, 26 de abril de 2021

SUBCONTRATACIÓN SEGUIRÁ EXISTIENDO PARA SERVICIOS Y OBRAS ESPECIALIZADAS, SE REQUIERE CLARIDAD EN CRITERIOS DE LA AUTORIDAD: COPARMEX

 

 

·         Entran en vigor reformas pactadas por Gobierno, IP y sector obrero.

·         Deberán empresas cumplir con nuevas disposiciones sobre el outsourcing. 

·         Ahora es necesario avanzar en mejora regulatoria y simplificación fiscal para evitar encarecer operación de las empresas.

 

El sábado 24 de abril entraron en vigor las reformas legales que regulan la subcontratación y que permiten dicha modalidad para los servicios especializados o ejecución de obras que no formen parte de la actividad económica de la empresa.

 

Las reformas fueron acordadas por el Gobierno Federal, los Sindicatos Obreros y la Iniciativa Privada, por lo que en la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) consideramos que fue importante mantener dos esquemas de subcontratación y no eliminar tajantemente esta figura, como se impulsó originalmente desde el Ejecutivo Federal.

 

A partir de las reformas a diversos ordenamientos jurídicos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado viernes 23 de abril, las nuevas disposiciones establecen obligaciones para las empresas que es importante tener en cuenta.

 

Por ejemplo, las reformas a la Ley Federal del Trabajo, y a las del IMSS y del INFONAVIT, establecen que sólo se permitirá la subcontratación en la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos. Lo anterior, aun tratándose de personas morales que formen parte del mismo grupo empresarial.

 

Para poder llevar a cabo esta subcontratación, será necesario formalizar la petición por escrito ante la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS), así como la entrega de los informes cuatrimestrales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).  

 

Las disposiciones generales para el registro de empresas subcontratistas deben ser publicadas por la STPS a más tardar el 24 de mayo, y a partir de su oficialización, las empresas subcontratistas tendrán 90 días naturales para obtener su registro ante la Secretaría.

 

Pese a la reforma, se requiere claridad y uniformidad de criterios en los lineamientos que están pendientes de ser emitidos por la STPS para evitar discrecionalidad en su implementación. 

 

En Coparmex creemos necesario que, para lograr el desarrollo máximo de nuestras empresas, es primordial poner al centro de nuestro quehacer a los colaboradores y promover esquemas que eleven la competitividad de nuestro país para atraer nuevas inversiones. 

 

Por ello, frente a la entrada en vigor de las reformas que regulan la figura de la tercerización, refrendamos nuestro compromiso de respetar las normas establecidas, que fueron alcanzadas luego de una negociación exitosa. 

 

Reiteramos el llamado a las autoridades para que también se avance en materia de mejora regulatoria y simplificación fiscal. Deben buscarse mecanismos para evitar el encarecimiento de las operaciones de las empresas, ya que son un actor clave para la recuperaciónn económica. Y se debe ampliar la base gravable y trabajar para combatir la informalidad que es donde mayor evasión fiscal y de seguridad social existen en perjuicio de los trabajadores.

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