martes, 25 de agosto de 2020

Investiga COFECE posibles prácticas monopólicas relativas en el mercado de servicios de publicidad digital y servicios relacionados


  • Esta indagatoria no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley Federal de Competencia Económica.

  • Este modelo de negocios digital es, en la actualidad, uno de los mercados más importantes para publicitarse en México.

Ciudad de México, 24 de agosto de 2020- La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó hoy, en el Diario Oficial de la Federación y en su portal, el aviso de inicio de investigación por la posible realización de prácticas monopólicas relativas en el mercado de servicios de publicidad digital y servicios relacionados, consistentes en las compras o ventas atadas y/o la elevación de costos, obstaculización del proceso productivo o reducción de la demanda de otros agentes económicos. 

La economía digital ha creado nuevas categorías de productos y servicios, así como innovadores modelos de negocios que han beneficiado a la sociedad. La publicidad digital y sus servicios relacionados no son la excepción. Han permitido a los internautas contar con mayores opciones para buscar contenido, comparar y comprar distintos bienes y servicios; y en el caso de los anunciantes, cuentan con nuevos medios para promocionar sus campañas.
 
Derivado del creciente uso de medios digitales por los consumidores, en 2019 México fue el segundo país de América Latina con más inversión y mayor crecimiento en publicidad digital[1], con una tasa anual del 20%[2].

Las prácticas monopólicas relativas son los actos, contratos, convenios o procedimientos que realizan uno o varios agentes económicos con poder sustancial y que tienen, o pueden tener, el objeto o efecto de desplazar indebidamente a otros agentes del mercado, impedir sustancialmente su acceso, o establecer ventajas exclusivas a favor de uno o varios agentes económicos. Ejemplos de estas prácticas son las compras o ventas atadas, exclusividades, la discriminación de precios o de trato, la elevación de los costos a otros agentes económicos y la negativa de trato, entre otras.

Esta investigación, identificada con el expediente IO-003-2020, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos, quien(es), de ser el caso, sería(n) considerado(s) como probable(s) responsable(s) al término de la indagatoria.

El plazo para esta indagatoria es hasta de 120 días hábiles, contados a partir del 10 de agosto de 2020, fecha en que dio inicio la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.

Si al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de dicha práctica anticompetitiva, el Pleno de la COFECE resolvería su cierre. En caso de que se encuentren elementos que presuman una violación a la Ley, quienes resulten probables responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.

De comprobarse la realización de una práctica monopólica relativa, el o los agentes económicos responsables podrían ser sancionados con multas de hasta el 8% de sus ingresos y la orden de suprimir la conducta.

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