- Esta indagatoria no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley Federal de Competencia Económica.
- Este modelo de negocios digital es, en la actualidad, uno de los mercados más importantes para publicitarse en México.
Ciudad de México, 24 de agosto de 2020- La
Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica
(COFECE o Comisión) publicó hoy, en el Diario Oficial de la Federación y
en su portal, el aviso de inicio de investigación por la posible
realización de prácticas monopólicas relativas en el mercado de
servicios de publicidad digital y servicios relacionados, consistentes
en las compras o ventas atadas y/o la elevación de costos,
obstaculización del proceso productivo o reducción de la demanda de
otros agentes económicos.
La
economía digital ha creado nuevas categorías de productos y servicios,
así como innovadores modelos de negocios que han beneficiado a la
sociedad. La publicidad digital y sus servicios relacionados no son la
excepción. Han permitido a los internautas contar con mayores opciones
para buscar contenido, comparar y comprar distintos bienes y servicios; y
en el caso de los anunciantes, cuentan con nuevos medios para
promocionar sus campañas.
Derivado del creciente
uso de medios digitales por los consumidores, en 2019 México fue el
segundo país de América Latina con más inversión y mayor crecimiento en
publicidad digital[1], con una tasa anual del 20%[2].
Las
prácticas monopólicas relativas son los actos, contratos, convenios o
procedimientos que realizan uno o varios agentes económicos con poder
sustancial y que tienen, o pueden tener, el objeto o efecto de desplazar
indebidamente a otros agentes del mercado, impedir sustancialmente su
acceso, o establecer ventajas exclusivas a favor de uno o varios agentes
económicos. Ejemplos de estas prácticas son las compras o ventas
atadas, exclusividades, la discriminación de precios o de trato, la
elevación de los costos a otros agentes económicos y la negativa de
trato, entre otras.
Esta
investigación, identificada con el expediente IO-003-2020, no debe
entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente
económico alguno, toda vez que hasta el momento no se han identificado,
en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia
económica, ni el o los sujetos, quien(es), de ser el caso, sería(n)
considerado(s) como probable(s) responsable(s) al término de la
indagatoria.
El
plazo para esta indagatoria es hasta de 120 días hábiles, contados a
partir del 10 de agosto de 2020, fecha en que dio inicio la
investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por
cuatro ocasiones.
Si
al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman
la realización de dicha práctica anticompetitiva, el Pleno de la COFECE
resolvería su cierre. En caso de que se encuentren elementos que
presuman una violación a la Ley, quienes resulten probables responsables
serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que
presenten su defensa.
De
comprobarse la realización de una práctica monopólica relativa, el o
los agentes económicos responsables podrían ser sancionados con multas
de hasta el 8% de sus ingresos y la orden de suprimir la conducta.
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