+ La
madera asegurada corresponde a las especies de pino, encino, cedro
blanco, oyamel y otras hojosas, al no acreditarse su legal procedencia.
+ Fueron 7,387 piezas de madera con un volumen de 103.261 m3 escuadría de pino, cedro blanco y encino; 320 trozos de pino con un volumen de 51.869 m3 rollo y 308.55 m3
de material celulósico (leñas, ramas y puntas, base para la elaboración de celulosa y papel).
+ Los
infractores podrían ser sancionados con multas de 100 a 20,000 veces la
Unidad de Medida y Actualización, independientemente de las sanciones
penales establecidas en el Capítulo Segundo relativo
a la Biodiversidad, artículo 419 del Código Penal Federal.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en
coordinación con elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional
(SEDENA) y Policía Municipal de Morelia; inspeccionó
cuatro aserraderos en la localidad de Ichaqueo, del municipio de
Morelia, Michoacán, en donde aseguró un total de 463.68 metros cúbicos
de madera de pino, encino, cedro blanco, oyamel y otras hojosas, al no
acreditarse su legal procedencia.
En seguimiento a denuncias ambientales derivadas de tala clandestina en
la serranía de San Miguel del Monte, se llevaron a cabo las
inspecciones forestales en diversos aserraderos
en esa zona, con la finalidad de verificar su legal funcionamiento,
almacenamiento y transformación de materias primas forestales
maderables.
El personal actuante de la PROFEPA inspeccionó cuatro aserraderos,
asegurando precautoriamente madera en rollo y con escuadría (tablas,
tablones, polines, vigas, palillo y material
celulósico) de pino, cedro blanco, oyamel, encino y otras hojosas.
Se contabilizaron un total de 7,387 piezas de madera con diferentes
dimensiones (gruesos, anchos y largos), las cuales cubicaron un volumen
total de 103.261 m3 escuadría
de madera de pino, cedro blanco y encino; 320 trozos de madera de pino con un volumen de 51.869 m3 rollo; asimismo se aseguró un volumen de 308.55 m3 de material celulósico, es decir leñas, ramas y puntas, base para la elaboración de
celulosa y papel.
Debido a que los inspeccionados no acreditaron la legal procedencia de
las materias primas y productos forestales al momento de la visita
mediante remisiones y reembarques forestales
emitidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT), así como Registros de Entradas y Salidas de materias primas
forestales, fueron aplicadas medidas de seguridad consistente en el
aseguramiento precautorio de la madera, colocando
los respectivos sellos de aseguramiento, de conformidad con lo
establecido en el artículo 170, fracción II, de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA).
Las irregularidades detectadas se encuentran establecidas como
infracciones en el artículo 155, fracción XV de la Ley General de
Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), por
lo que los presuntos responsables podrán hacerse acreedores a una multa
por el equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y
Actualización vigente y al decomiso de la madera en caso de no acreditar
su legal procedencia, independientemente de las
sanciones penales establecidas en el Capítulo Segundo relativo a la
Biodiversidad, artìculo 419 del Código Penal Federal.
Con este tipo de acciones, la PROFEPA refrenda su compromiso mediante
la procuración de justicia ambiental a través de inspecciones a los
Centros de Almacenamiento y Transformación
de Materias Primas Forestales (CAT), para verificar su legal
funcionamiento.
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