jueves, 12 de diciembre de 2019

Clausuró Profepa dos predios en Zitácuaro, Michoacán, donde removían vegetación y pretendían cambio de uso de suelo

+ Se derribaron más de 60 árboles para tales actividades.

+ Ambos, ubicados en San Felipe de los Alzatí, cercanos a la Biosfera de la Mariposa Monarca.

Resultado de un nuevo operativo contra el combate a la tala clandestina en la Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), clausuró dos predios donde se removieron casi 1.5 hectáreas de vegetación de pino y encino para el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, en la localidad de San Felipe de los Alzatí, municipio de Zitácuaro, Michoacán.

Derivado de una visita de inspección a dos predios ubicados en esta comunidad, inspectores de la dependencia detectaron el derribo y aprovechamiento de 42 árboles de encino, 21 de hojosas y 5 de pino, así como el cambio de uso de suelo en terrenos forestales en 1.49 hectáreas donde se localizaron plantas de aguacate y durazno, sin contar con la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Así, con fundamento en el Artículo 170, fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se impuso como medida de seguridad la clausura temporal total de las actividades descritas.

Es importante mencionar que los bosques de pino y encino son parte fundamental de la cobertura natural de los bosques templados del centro del país. En las cuencas altas, son captadores de humedad y generadores de suelo por lo que es importante su permanencia.

La conservación de los bosques, además, también ayuda a que permanezcan las cadenas tróficas del ecosistema. A su vez, contribuyen a la existencia de una alta diversidad de flora y fauna, como es el caso de la mariposa monarca.
Como parte de su labor permanente, la Profepa ejecuta acciones operativas como esta para inhibir y combatir los ilícitos forestales con el propósito de coadyuvar en la protección de los recursos naturales y el aprovechamiento sustentable en la Reserva de la Biosfera y sus áreas de influencia.

Cabe señalar que los presuntos responsables de este ilícito podrán hacerse acreedores a una multa que va de 100 a 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, equivalentes a 8 mil 449 pesos en un caso, y un millón 689 mil 800 en el otro. Lo anterior, de conformidad con lo señalado en el artículo 157, fracción II de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Además, los infractores tienen la obligación de  realizar actividades de restauración de los predios afectados, independientemente de las sanciones penales que resulten.

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