+
Conducta atribuida se encuentra tipificada como delito federal contra la
biodiversidad, en su modalidad de acopio ilícito mayor a 10 kg, de la
especie acuática conocida como camarón con fines comerciales.
+ Juez de Control reconoce el litigio de la PROFEPA como parte ofendida y resuelve la vinculación a proceso del imputado.
+ La PROFEPA se constituyó como representante de la víctima u ofendido y coadyuvante ministerial.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informa que el
Juez de Control en Nayarit, vinculó a proceso a una persona por el
delito contra la biodiversidad, en su modalidad
de acopio de una especie acuática mayor a 10 kg de camarón, sin contar
con el permiso correspondiente, realizada con fines comerciales.
En audiencia
inicial dentro del marco del Sistema Penal Acusatorio, actuando
conjuntamente con la Procuraduría General de la República (PGR), se
vinculó a proceso a una persona detenida en flagrancia
por elementos de la Policía Federal en la entidad, en posesión de dos
hieleras que contenían la cantidad de 50 kg de camarón comúnmente
conocido como blanco (Litopenaeus vanname) y azul (Litopenaeus stylirostris), sin contar con el permiso correspondiente
que acreditara su legal procedencia.
Ante
ello, los agentes federales pusieron disposición del Ministerio Público
de la Federación, a la persona así como al producto, quien inició la
carpeta de investigación correspondiente, misma que
derivó en la solicitud de vinculación a proceso.
Cabe
señalar que, la conducta atribuida al imputado se encuentra tipificada
como delito en el artículo 420 fracción II Bis, del Código Penal
Federal, que prevé una pena de hasta 09 años de prisión
y una multa por la cantidad de trescientos a tres mil días, así como la
reparación y/o compensación del daño al ambiente, conforme la Ley
Federal de Responsabilidad Ambiental.
Conforme a
su último párrafo, se considera una agravante el hecho de que la
conducta sea realizada con fines comerciales, lo que aumenta 3 años de
prisión a la pena.
La
vinculación a proceso fue determinada por una Juez de Control luego de
los argumentos vertidos por parte del Fiscal de la PGR, así como del
asesor jurídico de la PROFEPA.
Con la
vinculación a proceso se dictaron medidas cautelares y se estableció el
plazo de un mes y medio para el cierre de la investigación
complementaria.
Por último,
en dicha audiencia se reconoció a la PROFEPA el carácter de ofendida,
reconociéndole los derechos y obligaciones listados en el Código
Nacional de Procedimientos Penales, entre los que
se encuentran exigir la reparación y compensación del daño ocasionado
al ambiente dentro del sistema penal acusatorio, conforme a la Ley
Federal de Responsabilidad Ambiental.
No hay comentarios:
Publicar un comentario