Ciudad de México, 20 de febrero de 2020.- La
Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica
(COFECE o Comisión) publicó hoy, en el Diario Oficial de la Federación y
en su portal de internet, el aviso de inicio de investigación por la
posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado del
expendio al público de diésel marino en estaciones de servicio en el
territorio nacional.
El
diésel marino es el combustible que utilizan las embarcaciones. Las
estaciones de servicio donde se vende este producto se ubican en zonas
costeras o cerca de la desembocadura de ríos.
Las
prácticas monopólicas absolutas son contratos, convenios, arreglos o
combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo
objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación
de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados,
concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el
intercambio de información entre ellos para realizar alguna de las
conductas anteriores.
Esta
investigación, identificada con el expediente DE-029-2019, no debe
entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente
económico alguno, toda vez que hasta el momento no se han identificado,
en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia
económica, ni el o los sujetos, quienes, de ser el caso, serían
considerados como probables responsables al término de esta.
El
plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a
partir del 20 de agosto de 2019, fecha de inicio de la investigación, el
cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.
Si
al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman
la realización de dicha práctica anticompetitiva, el Pleno de la COFECE
resolvería su cierre. En caso de que se encuentren elementos que
presuman una violación a la Ley, quienes resulten probables responsables
serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que
presenten su defensa.
Conforme
a la Ley Federal de Competencia Económica, de comprobarse la existencia
de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser
multados hasta por el 10% de sus ingresos. También podrían ser
sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o
inducido la realización de estas prácticas. Las personas físicas que
hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo
de acuerdos entre competidores, podrían recibir prisión de conformidad
con el Código Penal hasta por 10 años.
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