Uno
de los temas relevantes y que se analizaron en paralelo a las más
recientes reuniones del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco
Mundial (BM), efectuadas la semana pasada en Bali, Indonesia, fue el
relacionado con los
servicios bancarios a través de las nuevas empresas de tecnología financiera (Fintech).
El desarrollo de este sector, fundamental para la inclusión financiera,
registra un crecimiento que actualmente incluye el desarrollo de 300
emprendimientos
con diversas características.
En un reporte presentado la semana pasada en Indonesia y que lleva por título
“Fintech para una inclusión financiera, un marco para la transformación digital y financiera”,
se destaca que México es un buen ejemplo de regulación específica que
debe ser tomado en cuenta por otros países. La regulación secundaria de
la
Ley Fintech (publicada en el
Diario Oficial el 10 de septiembre) cuenta con
un balance que protege a los consumidores, tanto en el terreno de la
supervisión, como en los requisitos de autorización para otorgar
servicios financieros”, indica el documento.
En la clasificación internacional, México aparece en el segundo lugar en América Latina, superado por Brasil, con alrededor de
300 emprendimientos, con un nivel diverso de desarrollo para cada empresa
Fintech. Es por ello que las autoridades regulatorias han puesto
especial énfasis en establecer disposiciones legales para generar un
crecimiento ordenado en estos servicios encaminados a la inclusión
financiera, tanto en la Ley promulgada el 9 de marzo
del 2018, así como en la regulación secundaria publicada el mes pasado.
Las figuras reguladas por la regulación gubernamental son actualmente:
instituciones de
financiamiento colectivo, instituciones de fondos de pago electrónico,
operación con activos virtuales, interfaces de programación de
aplicaciones y
Sandbox regulatorio (autorización para que entidades reguladas y no reguladas prueben modelos novedosos).
Conforme a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
la regulación mexicana está basada en 6 principios: acercar los
servicios financieros a sectores que tradicionalmente no son atendidos
por el sistema financiero; mayor diversidad y nuevos canales de
distribución de servicios financieros; establecimiento
de mecanismos de conciliación y arbitraje para la resolución de
controversias; evitar la preferencia por alguna tecnología en
particular; mitigar el riesgo de lavado de dinero y financiamiento al
terrorismo (estableciendo estándares mínimos de identificación
del cliente); y dictar un marco general de autorización de operación
(marco legal prudencial).
Para el tema de ayuda a resolver quejas de los
usuarios, la Ley Fintech remite a la Ley de Protección y Defensa al
Usuario de Servicios Financieros, otorgándole las mismas facultades en materia de transparencia, conciliación y arbitraje.
Las
disposiciones publicadas el pasado 10 de septiembre en el Diario
Oficial de la Federación, incluyen diversas disposiciones para las
empresas Fintech,
entre ellas los
requisitos adicionales para la solicitud de autorización, requerimientos
de capital mínimo, continuidad operativa, límite de financiamiento a la
inversión, mandatos o comisiones de clientes, contabilidad e
información financiera, prevención
de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, programas de
autocorrección y requisitos de solicitudes de información que formulen
autoridades.
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