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Eran obras y actividades que se realizan en ecosistema costero y no
contaban con autorización de Semarnat en materia de impacto ambiental.
+ La multa por tal incumplimiento podría ser millonaria.
Como
resultado de los hechos detectados en una visita de inspección en
materia de impacto ambiental, personal de la Procuraduría Federal de
Protección al Ambiente
(Profepa) clausuró las obras y actividades de construcción de un
desarrollo inmobiliario en Playa Zicatela, municipio de Santa María
Colotepec, por incumplir con la normatividad ambiental.
Durante
la inspección, el responsable de las obras no presentó la autorización
en materia ambiental que emite la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales
(Semarnat), por lo que la Profepa ordenó la clausura temporal total,
medida de seguridad que se mantendrá hasta en tanto no se acredite
contar con dicha autorización federal.
En
la inspección se observó la cimentación de la obra en una superficie de
240 metros cuadrados, para ello se hizo una excavación de 182 metros
cuadrados con una
profundidad de 1.5 metros. En los cortes del suelo se identificaron
raíces de palma de coco expuestas. Estos trabajos se realizaron para
preparar el sitio y construir un restaurante (obra civil).
Para
la ejecución de obras y actividades en ecosistemas costeros, se
requiere la autorización de la SEMARNAT en materia de impacto ambiental,
de conformidad con los
artículos 28 primer párrafo fracciones IX y X de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y el 5º primer
párrafo, incisos Q) y R) fracción I, del Reglamento de dicha Ley en
Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
La
multa a la que podría hacerse acreedor el responsable del desarrollo
inmobiliario puede ser por el equivalente de 30 hasta 50 mil Unidades de
Medida y Actualización,
equivalentes a 2 millones 534 mil 700 pesos y 4 millones 224 mil 500
pesos, respectivamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo
171, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente (LGEEPA), además de ordenarle
la instrumentación de medidas correctivas.
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