· Este sujeto golpeó a un pequeño de 5
años de edad, hijo de su pareja sentimental.
· En junio del año 2014 la entonces
PGJEM emitió un acuerdo de recompensa de hasta de 250 mil pesos a quien
aportara información útil para la localización de este individuo.
· Este sujeto anteriormente había sido
condenado a 3 años y cuatro meses de prisión por el delito de actos
libidinosos.
Toluca, México, 14 de noviembre de
2017.- Rubén Díaz Alamilla, quien fue detenido por elementos de la entonces
Procuraduría General de Justicia del Estado de México en junio del año 2014, en
el municipio de Tequixquiac, fue condenado a 9 años de prisión, luego de que el
Ministerio Público de esta Institución acreditó que este sujeto golpeó a un
menor de 5 años de edad, hijo de su pareja sentimental.
Los elementos de prueba recabados y
aportados por el Agente del Ministerio Público fueron determinantes para que un
Juez del Distrito Judicial de Cuautitlán dictara esta sentencia condenatoria por
los delitos de lesiones y violencia familiar en contra de Díaz Alamilla.
Los hechos por los cuales fue
condenado se registraron el día 16 de mayo del año 2014, en el interior de un
domicilio ubicado en la colonia El Parque de San Mateo, en el municipio de
Cuautitlán México, lugar donde este sujeto golpeó al pequeño, e incluso la
quemó con un encendedor.
Derivado de las lesiones el menor fue
trasladado a un hospital en Tlalnepantla, donde recibió atención médica y fue
diagnosticado con maltrato familiar.
Por este hecho, fue iniciada la
carpeta de investigación respectiva, y la Procuraduría de Justicia mexiquense
emitió un acuerdo de recompensa de hasta de 250 mil pesos a quien aportara
información útil para la localización de Díaz Alamilla.
Cabe mencionar que este sujeto fue
detenido el día 10 de junio del mismo año, en la comunidad de San Miguel,
municipio de Tequixquiac, lugar donde el sentenciado se escondía para evadirse
de la acción de la justicia.
“Cuando llegue como
Procurador tenía poco tiempo que había sucedido ese lamentable evento en donde
la pareja sentimental de la mamá de Owen lo había maltratado de forma
deleznable, poco tiempo después logramos la detención de este sujeto, y no
solamente la detención, logramos hacer un buen trabajo de litigación para
lograr la vinculación a proceso y que este sujeto saliera condenado como ahora
lo es por este delito”, explicó Alejandro Gómez Sánchez, Fiscal General de
Justicia del Estado de México.
Es preciso referir que la
detención se dio bajo un operativo de la Policía de Investigación;
posteriormente este individuo fue ingresado al Centro Penitenciario y de
Reinserción Social de Cuautitlán, en donde quedó a disposición de un Juez, para
que fuera determinada su situación legal.
La Autoridad Judicial, luego de
revisar los elementos de prueba aportados por el Ministerio Público, y previo
proceso legal, le dictó la sentencia respectiva, y le fijó una multa de 67 mil
290 pesos como reparación del daño.
Este sujeto también enfrentaba
cargos por el delito de actos libidinosos, los cuales profirió al pequeño de 5
años, y hace unos días, un Juez dictó una condena de 3 años y 4 meses de
prisión en su contra por este delito, por lo que suma dos sentencias en su
contra.
“El caso Owen también fue
emblemático porque representó una modificación al Código Penal para ajustar el
tipo penal de violencia intrafamiliar, no solamente por los padres directos o
las parejas sentimentales sino toda persona que estuviera en el núcleo familiar
del niño o la niña lesionada o aquella que fuera la víctima, también sería
probable responsable por la comisión de este delito”, agregó el Fiscal General.
La Fiscalía General de Justicia
estatal hace un llamado a la población para que denuncie cualquier hecho
delictivo a través del correo electrónico cerotolerancia@edomex.gob.mx, al
número telefónico 01 800 7028770, o bien, por medio de la aplicación FGJEdomex,
la cual está disponible de manera gratuita para todos los teléfonos
inteligentes de los sistemas iOS y Android.
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