Este
jueves 21 de noviembre, tras la detención de un vehículo con dos
sujetos abordo donde transportaban dos lobos marinos vivos en la
alcaldía Benito Juárez de la Ciudad
de México, personal de la Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente (Profepa) aseguró y trasladó a los ejemplares al Zoológico de
Chapultepec para su protección y recuperación.
Resultado
de un operativo de la Policía de Investigación de la Ciudad de México,
se constató que el vehículo y las cajas donde transportaban los animales
carecían de las
condiciones adecuadas y, particularmente, de la documentación para
comprobar la procedencia legal de los mismos.
Los
dos individuos detenidos fueron trasladados a la Fiscalía
Desconcentrada de Investigación en Delitos Ambientales y en Materia de
Protección Urbana (Fedapur), para ser
presentados ante el Agente del Ministerio Público.
A
petición expresa, inspectores de Profepa en la Zona Metropolitana del
Valle de México acudieron a dicha Fiscalía para apoyar con el resguardo y
preservación de la integridad
física de los dos mamíferos marinos.
La
dependencia trasladó a los ejemplares al Zoológico de Chapultepec,
ubicado en la alcaldía Miguel Hidalgo, donde les otorgaron los cuidados
necesarios.
Se trata de dos ejemplares de lobos marinos de California (Zalophus californianus), hembras juveniles, de aproximadamente un año, sin sistema de marcaje que permita
su identificación. Estaban deshidratados y bajos de peso, sin lesiones, ni enfermedades aparentes.
Cabe mencionar que la especie Zalophus californianus está
listada en la categoría de Sujeta a protección especial (Pr) dentro de
la NOM-059-SEMARNAT-2010. Asimismo,
ningún mamífero marino --cualquiera que sea la especie-- podrá ser
sujeto de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o
comercial, con excepción de la captura que tenga por objeto la
investigación científica y la educación superior de instituciones
acreditadas, como lo establece el artículo 60 Bis de la Ley General de
Vida Silvestre.
De
igual forma, el traslado de mamíferos marinos debe realizarse conforme a
lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-135-SEMARNAT-2004.
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