“Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, “Reglas de tarjetas de crédito” y “Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 16 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de acreditación de pagos”, en materia de remuneraciones y prestaciones laborales como respaldo de servicios financieros contratados por trabajadores Como parte del proceso regulatorio abierto que lleva a cabo el Banco de México para fortalecer el marco normativo del sistema financiero mexicano, este Instituto Central somete a consulta pública el proyecto de disposiciones de carácter general que modifica las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, emitidas mediante Circular 3/2012, a las “Reglas de tarjetas de crédito”, emitidas mediante Circular 34/2010, así como a las “Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 16 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de acreditación de pagos”, emitidas mediante Circular 22/2008.
Estas modificaciones
tienen por objeto promover el sano desarrollo del sistema financiero,
así como:
1) Ajustar la forma
y plazos en que podrán inmovilizarse en la cuenta ordenante los
montos que deban cargarse a dicha cuenta para el pago de los créditos
asociados a la nómina que el cuentahabiente de que se trate haya
designado como tales;
2) referir a las
instrucciones de cargo en cuenta, como un mecanismo de pago de
créditos distinto a la domiciliación;
3) precisar algunos
aspectos relacionados con la objeción de cargos con motivo de
instrucciones de cargo para el pago de créditos asociados a la
nómina, particularmente"2019, Año del Caudillo del Sur,
Emiliano Zapata" en lo relativo a la devolución provisional del
monto reclamado, con el fin de evitar, para el caso en que no resulte
procedente la objeción de que se trate, se generen consecuencias
negativas al cuentahabiente con respecto al cumplimiento de sus
obligaciones de pago;
4) permitir que las
instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple
reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de
crédito (en adelante Sofomes Vinculadas) establezcan sus propios
límites para el otorgamiento de créditos asociados a la nómina,
atendiendo a sus políticas de administración de riesgo, debiendo
informarlos al Banco de México;
5) precisar la
información que deberán las instituciones y Sofomes Vinculadas
obtener del cliente e intercambiar entre ellas para la implementación
transparente y eficiente de los créditos asociados a la nómina y
6) ampliar los
plazos de entrada en vigor de las disposiciones relativas a los
créditos asociados a la nómina atendiendo a las solicitudes de las
instituciones de crédito y Sofomes Vinculadas, para llevar a cabo
los desarrollos operativos necesarios para su implementación.
El proyecto referido
y su plan de consulta están a disposición de cualquier persona en
el portal de internet del Banco de México, accesible a través de la
liga:
https://www.banxico.org.mx/ConsultaRegulacionWeb/.
El Banco de México
recibirá comentarios a estas disposiciones, por medio de dicho
portal, hasta el 19 de diciembre de 2019.
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