+ En la
sentencia condenatoria en juicio abreviado, la Jueza de Control determinó que
el imputado es responsable por el delito contra la biodiversidad, bajo la
hipótesis de extracción en grado de tentativa, de ejemplares de vida silvestre,
con fines comerciales.
+
Sentenciado a pena de prisión, reparación del daño, amonestación y decomiso de
bienes asegurados.
+ También, resolvió restringir la salida del
país del sentenciado hasta cubrir los montos de multas impuestas; una vez que
abandone el país, prohibió su ingreso al país.
+ Fue
detenido en el AICM, en posesión de caballitos y pepinos de mar, así como
vejigas natatorias de peces.
La Procuraduría Federal de
Protección al Ambiente (PROFEPA) informa que la autoridad judicial sentenció
--en juicio abreviado-- a una persona de origen chino, quien fue detenida en el
Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, en posesión de caballitos y
pepinos de mar, así como vejigas natatorias de peces, especies que tenían como
destino la ciudad de Shangái, China.
En su sentencia condenatoria, la
Jueza de Control determinó que el imputado es responsable por el delito contra
la biodiversidad, bajo la hipótesis de extracción en grado de tentativa de
ejemplares de vida silvestre, con fines comerciales, por lo que le impuso pena
de prisión, reparación del daño, amonestación y decomiso de los bienes
asegurados. También, prohibió su ingreso al país.
El pasado 19 de julio del 2018, el
sentenciado fue detenido en el
Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, al pretender extraer 81
caballitos de mar de la especie Hippocampus
sp, así como pepinos de mar “Holoturidae”
y vejigas natatorias, “buches”, de peces.
El Ministerio Público de la
Federación inició, en el mes de julio del año en curso, carpeta de
investigación en virtud de la puesta a disposición realizada por la Policía
Federal del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México a una persona de
nacionalidad china, y actualmente ciudadano beliceño. Determinó incoar proceso
penal en su contra por su probable responsabilidad en delitos contra la
biodiversidad.
La juzgadora, en audiencia inicial, determinó el riesgo de que el detenido se
sustrajera de la acción de la justicia, por lo que consideró establecer la
medida cautelar de la prisión preventiva
justificada del imputado.
Con fecha 21 de agosto del 2018, la autoridad judicial dictó
sentencia condenatoria en contra de la persona de origen asiático. Encontró
responsable al sentenciado por el delito contra la biodiversidad, previsto en
el artículo 420, fracción IV, del Código Penal Federal, hipótesis de extracción
en grado de tentativa, de ejemplares de fauna silvestre acuática sujeta a
protección especial y regulado en el Apéndice II de la Convención CITES, de
manera ilícita con fines comerciales.
Impuso una pena de dos años de prisión, la cual fue conmutada por
una multa equivalente a 78 mil 585 pesos, más 56 mil 97 pesos y sesenta
centavos, por sustitución de pena de prisión. La reparación del daño fue
cubierta en su totalidad mediante depósito a la Comisión Nacional para el
Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO), la amonestación del sentenciado
y el decomiso de los bienes asegurados.
También, la Jueza resolvió restringir la salida del país del
sentenciado, hasta en tanto acredite que cubrió los montos de las penas impuestas. Una vez que realice
los pagos y abandone el país, prohibió al sentenciado ingresar nuevamente, con excepción de lo que
determine la autoridad en materia migratoria.
Lo anterior, fortalece el Estado de Derecho Mexicano y sienta un
precedente de las penas que se imponen a los que pretendan extraer de nuestro
país especies protegidas de manera ilícita.
El caballito de mar “Hippocampus
sp” una especie protegida en nuestro país, ya que se encuentra listada en la Norma
Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 como especie Sujeta a Protección
Especial (Pr), y además protegida internacionalmente por la Convención Internacional sobre el Comercio de
Especies Amenazadas de Fauna y Flora (CITES) de la que México es parte desde 1991.
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