+ Se verificó afectación a la vegetación de selva mediana subperennifolia en un predio de 2.8 hectáreas, donde
se realizaban trabajos en preparación del sitio para futuras obras.
+ En el predio había un cerco perimetral que, a decir del encargado, sería utilizado para el proyecto denominado
Colonia ¨Dragos, Tercera Etapa¨.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)
impuso clausura total temporal a un predio de 2.8 hectáreas donde se
realizaban actividades de cambio de uso de suelo en terrenos forestales,
sin contar con la autorización emitida por la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
En atención a una denuncia sobre una invasión a un predio
forestal, personal de la PROFEPA realizó visita de inspección al lugar
contiguo a la Avenida Escénica, en el municipio de Acapulco de Juárez,
en el estado de Guerrero, donde se realizaron trabajos
de cercado y tala de árboles, así como actividades de remoción de
vegetación forestal.
A decir de los inspeccionados, la colocación del cerco perimetral
y remoción de la vegetación se debe a que en el lugar llevarán a cabo
el proyecto denominado Colonia ¨Dragos, Tercera Etapa¨.
Los inspectores de la PROFEPA verificaron que se trata de un
predio con vegetación de selva mediana subperennifolia, con presencia de
especies forestales como Palo Culebro (Astronium graviolens), especie Amenazada (A) de acuerdo a la
NOM-059-SEMARNAT-2010; de Palo mulato (Bursera simaruba); Cacahuananche (Gliricida sepium); Parota (Enterolobium cyclocarpum); de Apánico (Cochlospermum vitifolium) y Copinol (Hymenaea
courbaril).
Durante la inspección se observó la construcción de obras
semifijas consistentes en estructuras de madera, las cuales se
encontraban deshabitadas y eran usadas como bodegas o almacén de
diversos materiales, así como labores de terraceo a efecto de
estabilizar
la zona para futuras construcciones.
Por lo anterior, y para evitar mayores afectaciones al ecosistema,
se impuso como medida de seguridad la Clausura
Total Temporal de las actividades realizadas en el predio, de
conformidad con lo establecido en el artículo 170, fracción I, de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente (LGEEPA).
El
inspeccionado podrá hacerse acreedor a una multa por el equivalente de
100 a 20 mil Unidades de Medida
y Actualización, de acuerdo con lo señalado en el artículo 157,
fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
(LGDFS), independientemente de las sanciones penales que resulten.
Cabe señalar que la Procuraduría General del Estado (PGE) realizó
el aseguramiento del predio en atención a una carpeta de investigación
por el delito de despojo en agravio del propietario del predio,
ocasionado por supuestos invasores que se asentaron
de manera irregular en dicho sitio.
La PROFEPA reitera su compromiso de brindar la atención oportuna a
las denuncias que la sociedad le presenta, evitando así que se dé
continuidad a la comisión de ilícitos y afectación de los recursos
naturales.
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