martes, 9 de enero de 2018

DURANTE 2017, PROFEPA ATENDIÓ EL ENCALLAMIENTO DE CINCO EMBARCACIONES



+ Cuatro de cinco encallamientos ocurrieron dentro de Áreas Naturales Protegidas.



+ Tres de los encallamientos se suscitaron en sistemas de arrecifes coralinos.



+ PROFEPA obliga a la restauración de las zonas marinas efectadas, además de dictar sanciones.



La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) atendió, durante 2017, un total de cinco encallamientos, en los estados de Baja California, Tabasco, Veracruz y Yucatán. Cuatro ocurrieron dentro de las Áreas Naturales Protegidas Arrecife Alacranes, Sistema Arrecifal Lobos – Tuxpan, Sistema Arrecifal Veracruzano y Bahía de Todos los Santos.



Tres de los encallamientos se registraron en sistemas arrecifales, lo que causó daños a la estructura coralina de especies como el cuerno de alce y el abanico de mar, ambas enlistadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo categoría de Protección Especial.



En todos los casos la PROFEPA realizó la verificación del hecho, al efectuar una pre-evaluación de los daños y afectación al ecosistema marino, mediante la cual se estima la superficie del área afectada, las especies dañadas y las condiciones en las cuales se encuentre la embarcación para diseñar el plan emergente de salvataje.



Una vez que se lleva a cabo el retiro de las embarcaciones de la zona que sufrió daño, se procede a realizar la evaluación definitiva del perjuicio, determinando las condiciones de estructura coralina, especies afectadas y superficie total dañada.



La estimación del impacto del encallamiento se basa en la metodología descrita en el Manual Coordinado de Procedimientos Ambientales, Administrativos y Legales para la Atención Inmediata a los Arrecifes por Encallamientos, publicado por la SEMARNAT y la CONANP en el año 2009.



Al existir daño al arrecife, la PROFEPA obliga a los responsables a la restauración, con base a las disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, a la Ley General de Vida Silvestre y a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.



La restauración está condicionada a la presentación de un programa debidamente avalado por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) y autorizado por la PROFEPA, para su implementación. También, se establece una fianza para garantizar su aplicación, hasta concluir con los trabajos de restauración.



El valor de restauración estándar para un arrecife es de $2,861 dólares por metro cuadrado, valor que contempla costos por evaluación de daños, rescate de colonias de coral, acciones de restauración, programa de restauración y por compensación productiva.



De los cinco casos de encallamiento atendidos por la PROFEPA destaca el caso del buque Antares, en la zona del Sistema Arrecifal Lobos–Tuxpan, el cual afectó un área aproximada de 4 mil 275 metros cuadrados, equivalente  a un valor de restauración total de más de 210 millones de pesos.



La estimación por los daños ocasionados al arrecife permitió fijar a la empresa responsable una fianza de aproximadamente 150 millones de pesos. Al día de hoy, la PROFEPA y la CONANP evalúan el programa de restauración propuesto.



El incumplimiento de alguna disposición señalada en la normatividad dentro de las Áreas Naturales Protegidas, puede ser sancionado con una multa que va de 30 a 50 mil unidades de Medida y Actualización, según lo establecido por la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.



De detectarse algún daño a los arrecifes, la sanción, según la Ley General de Vida Silvestre, puede ir de 50 a 50 mil veces de salario mínimo; de acuerdo con el Código Penal Federal, las afectaciones a la biodiversidad constituyen un delito grave cuando se trata de un Área Natural Protegida.



La sanción establecida por daño a arrecifes en el Código Penal, consideran una penalidad de dos a diez años de prisión y el equivalente de 300 a tres mil días de multa, aumentándose la penalidad en dos años de prisión y hasta mil días adicionales de multa, cuando se trata de una ANP.

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