Considerando que las telecomunicaciones y la radiodifusión son
servicios públicos de interés general, como lo establece la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, las secretarías de
Comunicaciones y Transportes (SCT) y de Gobernación enviaron un oficio a
la gobernadora, los gobernadores y a la jefa de gobierno de la Ciudad
de México, en el que proponen medidas y acciones para mantener la
continuidad de estos servicios en todo el territorio nacional durante la
contingencia por el COVID-19.
El oficio firmado por el secretario de Comunicaciones y
Transportes, Javier Jiménez Espriú, y por la secretaria de Gobernación,
Olga Sánchez Cordero, subraya que “el apoyo de las autoridades estatales
y municipales para otorgar permisos y autorizaciones de instalación,
operación y mantenimiento de infraestructura de telecomunicaciones y
radiodifusión, a empresas que presten dichos servicios, resulta
fundamental”.
En este contexto, se detallan algunas de las medidas para que las
redes de telecomunicaciones y radiodifusión operen en óptimas
condiciones durante el periodo de contingencia sanitaria. Entre otras,
se encuentran las siguientes:
- Autorizar el uso de la vía pública primaria y secundaria durante la ejecución de trabajos necesarios para garantizar la continuidad de los servicios en la infraestructura existente para sustitución, mantenimiento preventivo, correctivo o emergente en las redes de telecomunicaciones y radiodifusión.
- Autorizar la actividad de cuadrillas que realizan diversos trabajos operativos en la vía pública, ya sea en torres, postes o instalaciones subterráneas; permitir la transportación de estas cuadrillas a las zonas de mantenimiento y, en su caso, brindarles seguridad durante tales operaciones.
- Permitir la instalación de servicios en hospitales, casas, negocios, comercios, centros de datos, de contacto y de soporte, y dependencias de gobierno, entre otros.
- Permitir la operación de los concesionarios y autorizados de telecomunicaciones y radiodifusión en las instalaciones e inmuebles que garantizan la operación y provisión de los servicios, entre ellos, sucursales, módulos de ventas, almacenes, centros de datos, de contacto y de soporte, centros de recepción y transmisión de señal, centros de distribución, oficinas y cercos, entre otros.
- Permitir la operación de las actividades de las empresas de manufactura de alta tecnología, toda vez que abastecen con equipos, partes y refacciones al sector de telecomunicaciones y radiodifusión.
- Permitir la circulación de los vehículos y personal necesarios para garantizar estas medidas.
Las secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Gobernación
solicitan a la gobernadora, los gobernadores y a la Jefa de Gobierno de
la Ciudad de México transmitir a los funcionarios estatales y a los
presidentes municipales y alcaldes el oficio de referencia, pues con sus
medidas se podrá mantener la operación de redes de telecomunicación y
radiodifusión en todos y cada uno de los municipios y se lograrán la
continuidad y calidad de estos servicios en el país, al mismo tiempo de
llevar un control de las solicitudes que, con este mismo objetivo,
realicen los concesionarios de telecomunicaciones y radiodifusión
durante el periodo de contingencia.
Para ello, el oficio de la SCT y Gobernación hace referencia al
Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de
fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus
SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación
del 30 de marzo de 2020.
De igual forma, las secretarías de Comunicaciones y Transportes, y
de Gobernación destacan que el 31 de marzo de 2020 se publicó en el
Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen
acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada
por el virus SARS-CoV2. Y, en forma enfática, recuerda que dicho acuerdo
señala que entre las empresas que continuarán con sus labores,
consideradas esenciales, observando las medidas sanitarias pertinentes,
figuran las de telecomunicaciones y medios de información.
Por tanto, señala el oficio, “… en caso de que las autoridades
suspendan actividades y/o cierren temporalmente establecimientos en
territorio nacional, será necesario prever excepciones, tanto para
establecimientos como para trabajadores cuyas tareas se relacionen
directamente con la prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones y radiodifusión, tales como las redes de internet,
telefonía fija, telefonía móvil, televisión digital terrestre,
radiodifusión y los servicios de televisión y audio restringidos que,
además, son servicios públicos de interés general”.
Al mencionar que la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos establece que los servicios de radiodifusión y
telecomunicaciones, incluidos el de banda ancha e internet, y que las
telecomunicaciones y la radiodifusión son servicios públicos de interés
general, y que el Estado garantizará que sean prestados en condiciones
de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, la SCT y
Gobernación reiteran que “resulta indispensable que las empresas que
prestan estos servicios aseguren su continuidad y realicen oportunamente
acciones para la reparación, mantenimiento y despliegue de las redes de
telecomunicaciones y radiodifusión y, en su caso, tomar acciones
necesarias ante un eventual incremento del tráfico en las redes”.
Subrayan también que “la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión (LFTR), establece que el ejecutivo federal, los estados,
los municipios y el gobierno de la Ciudad de México, en el ámbito de sus
atribuciones, colaborarán y otorgarán facilidades para la instalación y
despliegue de infraestructura, así como para la provisión de los
servicios públicos, de interés general, de telecomunicaciones y
radiodifusión”.
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