+
Detectan una fosa subterránea con aproximadamente ocho mil litros de residuos
peligrosos sin contar con las adecuadas medidas de seguridad.
+
Empresa textilera no pudo acreditar el cumplimiento de sus obligaciones
ambientales, motivo por el cual queda sujeta a un procedimiento administrativo.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), clausuró de manera
parcial temporal la empresa textilera ECOINDUSTRIAS SR S.A. de C.V. ubicada
sobre la cuenca del Río Apetatitlán de Antonio Carbajal, debido al indebido
manejo de residuos peligrosos.
Como
parte del programa de Inspección y Vigilancia, personal de la PROFEPA realizó
el recorrido a dicha textilera donde encontró una fosa subterránea con
aproximadamente ocho mil litros de residuos peligrosos, sin contar con las
adecuadas medidas de seguridad para su almacenamiento.
La empresa no pudo acreditar el control de la
generación de estos residuos peligrosos mediante bitácora, irregularidades que
contravienen la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los
Residuos (LGPGIR), así como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente (LGEEPA).
De
igual forma, el inspeccionado no acreditó que estos residuos peligrosos
depositados en la fosa, se manejen a través de empresas transportistas y
destinatarias autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales (SEMARNAT). Por ello, ante un riesgo inminente de desequilibrio
ecológico, se impuso como medida de seguridad la clausura parcial temporal,
quedando además sujeta a procedimiento administrativo.
Con
fundamento en los artículos 170 fracción I y II, 170 Bis de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, 101, 104 fracciones I, II,
III y IV y 105 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los
Residuos, la PROFEPA ordenó la adopción de medidas correctivas de urgente
aplicación a la empresa y le dará un especial seguimiento hasta que cumplan con
la totalidad de sus obligaciones.
Cabe
mencionar que el artículo 171 de la LGEEPA estipula que las empresas inspeccionadas
que no cumplan con los requerimientos, podrán ser sancionadas con una multa que
va de los 30 a los 50 mil días el valor diario de la Unidad de Medida y
Actualización vigente, la clausura temporal o definitiva del lugar, y en su
caso, el arresto administrativo de 36 horas a quien resulte responsable; así
como la suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o
autorizaciones correspondientes.
La
PROFEPA continuará realizando los actos de inspección necesarios, aplicando
las sanciones conforme a lo previsto en
la ley y ordenará medidas de seguridad en contra de los establecimientos que no
estén cumpliendo con sus obligaciones ambientales, a fin de proteger al Río
Atoyac.
+++
No hay comentarios:
Publicar un comentario