miércoles, 3 de marzo de 2021

IMPACTA SUBCONTRATACIÓN EN BIENESTAR LABORAL Y EVASIÓN FISCAL


·       En México, el personal que trabaja bajo esquemas de subcontratación, podría perder, en promedio, entre 41 y 58 mil pesos anuales en remuneraciones por su situación de empleo.

 

Durante los últimos años, un creciente número de personas se emplea mediante esquemas de subcontratación. En México, entre 2003 y 2018, el porcentaje de personal ocupado contratado bajo estos esquemas pasó de 8.6% a 17.3%. No obstante, la subcontratación puede utilizarse como una forma de evasión e impacta el bienestar laboral de las personas empleadas bajo este régimen.

Algunos contribuyentes utilizan la subcontratación para evadir impuestos. Asimismo, algunas empresas optan por este esquema para reducir el pago de las cuotas obrero-patronales de forma indebida. En 2018, las agencias de empleo temporal y las firmas dedicadas al servicios de suministro de personal permanente pagaron 6 mil 862 mdp en contribuciones patronales a regímenes de seguridad social, esto representa 1.9% de lo ingresado por cuotas a la seguridad social en el mismo año. Si la tasa de evasión por este concepto fuera de 20%, similar a la prevalente en el pago de ISR en personas morales, la recaudación perdida habría sumado mil 715 mdp.

Por otro lado, los trabajadores subcontratados gozan de menor estabilidad laboral, mayores jornadas laborales y horas de trabajo no remuneradas, así como menor seguridad en los espacios de trabajo y deterioro de la salud física y mental de los empleados. En México, el personal que trabaja bajo esquemas de subcontratación, podría perder, en promedio, entre 41 y 58 mil pesos anuales en remuneraciones y entre 2 y 3 mil pesos en prestaciones, como consecuencia de la tercerización de sus labores.

Un estudio desarrollado en el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), arrojó que en el marco de la discusión sobre la propuesta de reforma a la subcontratación, las afectaciones que este esquema causa sobre el bienestar material y subjetivo de los trabajadores, así como el erario público, ameritan un replanteamiento de la manera que se regula y fiscaliza esta forma de contratación.

Consultar investigación: https://ciep.mx/ONBY

 

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