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Inspeccionado no acredita la legal procedencia del subproducto de vida
silvestre.
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Realiza PROFEPA recorridos de inspección y vigilancia en municipios de la
entidad para prevenir aprovechamiento ilegal del laurel.
Mediante
un operativo para combatir el tráfico de vida silvestre permitió a la
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) asegurar 477 kilos de
hojas y ramas de Laurel silvestre (Litsea glaucescens) en el estado de
Aguascalientes, debido a que el propietario no contaba con la documentación
para acreditar su legal procedencia.
Personal de la Delegación Federal de
la PROFEPA en la entidad realizó recorridos de inspección y vigilancia en
municipios de Aguascalientes, en coordinación con autoridades de los tres
niveles de gobierno, para la protección del Laurel silvestre, el cual está
enlistado en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría de
especie En Peligro de Extinción (P).
Esta
acción se lleva a cabo del 5 al 9 del presente mes, a fin de combatir el aprovechamiento ilegal de Laurel
silvestre que se ubica en las áreas naturales del estado.
Durante
el operativo, inspectores federales de la PROFEPA detectaron un vehículo
cargado con 38 manojos de ramas de Laurel silvestre, con un peso aproximado de
477 kilogramos, motivo por el cual se le solicitó al inspeccionado la
documentación que avalara su legal procedencia, pero durante la diligencia no
los presentó.
Al
carecer de los mismos, se procedió a levantar las actas de inspección y
aseguramiento correspondientes. El responsable podría ser acreedor a las
sanciones establecidas en la Ley General de Vida Silvestre.
Cabe
señalar que la PROFEPA intensifica sus recorridos de inspección y vigilancia en
la entidad para evitar se utilice el Laurel silvestre en las ceremonias del
Domingo de Ramos y prevenir su
aprovechamiento ilegal que merma las poblaciones de esta planta en
peligro de extinción.
Cabe
señalar que poseer ejemplares de vida silvestre que se encuentran en riesgo
conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2010 sin contar con la documentación que
acredite su legal procedencia, constituye un delito que puede ser castigado con
privación de la libertad de dos a diez años, conforme al artículo 420 fracción
IV del Código Penal Federal.
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