Ciudad de México, 7
de abril de 2021.- El
año pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley
Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) en la que se hicieron
algunas modificaciones que tienen como objetivo distinguir entre productos o
servicios de su misma especie o clase en el mercado. De esta forma, se permite
la existencia de marcas no tradicionales, es decir, aquellas que pueden ser
percibidas por los sentidos y no exclusivamente por la vista.
Entre las modificaciones hechas a la LFPPI destacan las
siguientes: nuevas causales de nulidad,
caducidad parcial y nuevas causales de infracción.
1) La nulidad de registros se divide en tres posibles formas de
aplicarse: nulidad parcial del registro, nulidad por falta de veracidad por
fecha del primer uso y, por último, improcedencia de la acción de nulidad por
oposición presentada. Esto aplica para marcas y patentes.
2) Por su parte, la caducidad parcial es una nueva figura que se introduce en la
nueva LFPPI. A través de ella, se establece la posibilidad de caducar
parcialmente los registros de marcas y patentes en relación con aquellos
productos o servicios que se encuentran mencionados en el título respectivo y
que, durante tres años consecutivos, no hayan sido usados por la marca.
3) Otro punto a considerar son las nuevas causales de infracción, que se
mantienen igual que en la versión anterior, con la diferencia de que aumenta la
sanción a un máximo de 250,000 Unidades de Medida y Actualización por cada
conducta infractora. Las multas serán consideradas como créditos fiscales y
serán ejecutadas de conformidad con el Código Fiscal de la Federación.
“Celebro que el Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) evolucione y se adapte a las
necesidades cambiantes de la economía mexicana. Siendo México un país lleno de
creatividad, es fundamental proteger los derechos de todas las empresas y
personas que cuentan con una marca o servicio. Más del 54 por ciento de las
industrias en México son intensivas en algún derecho de Propiedad Intelectual
(DPI)[1].
Reglas más claras permiten un mercado más saludable y mejores oportunidades
para los participantes”, comentó Guillermo
Solórzano Leiro, socio fundador de la firma legal Solórzano Linaldi.
Todas las empresas y personas que crean un producto, una
marca o un servicio deben registrarlos ante el IMPI y actualizar sus registros
periódicamente para proteger su patrimonio. Existen expertos legales
especializados en propiedad industrial que pueden brindar consultorías a
empresas de todos los tamaños, así como a personas que cuenten con marcas y
productos. Lo ideal es que el acompañamiento sea personalizado y específico
para las necesidades de cada empresa, producto y marca. De esta forma se
fortalece tanto el mercado mexicano como la participación del país en mercados
globales.
Acerca de Solórzano Linaldi (SL): fundada en 2020, es una firma
mexicana de abogados, especializada en brindar soluciones integrales, gracias a
un servicio personalizado de alta calidad y efectivo, atendiendo oportunamente
los requerimientos de todos los clientes. Los socios fundadores de Solórzano
Linaldi y los miembros de la firma, acumulan más de 25 años de experiencia,
apoyando a empresas de distintos sectores industriales en el desarrollo de sus
operaciones. Para más información
visita: www.s-l.mx
[1] IPKey Latin America.
Propiedad intelectual: clave para la innovación, el crecimiento económico y la
cooperación https://ipkey.eu/sites/default/files/ipkey-docs/2021/IP-Key-LA_Impact-Study-Mexico-2020_Report.pdf
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