+ Detecta en inspección la construcción de un restaurante en ecosistema costero, sin contar con autorización de
impacto ambiental que emite la SEMARNAT.
+ Impone clausura total temporal al restaurante, el cual se ubica en la localidad de Tenacatita, municipio de La
Huerta.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)
clausuró de manera total temporal un restaurante ubicado en el municipio
de La Huerta, Jalisco, por haber sido construido y operar sin contar
con la autorización federal en materia de impacto
ambiental, lo que afectó cerca de 500 metros cuadrados en ecosistema costero.
La medida de seguridad impuesta obedeció a evitar que se continuara poniendo en riesgo de daño a los recursos
naturales presentes en el sitio inspeccionado, ante la falta de
implementación de las medidas de mitigación y prevención de los impactos
ambientales negativos generados en las etapas de construcción y
operación del restaurante.
Inspectores
de la PROFEPA en la entidad se constituyeron en la localidad de
Tenacatita, en la referida municipalidad,
para la realización de una visita de inspección, derivada de una
denuncia ciudadana en contra del Restaurante “Chito”, con objeto de
verificar que el citado comercio que se encuentra inmerso en ecosistema
costero, cumpliera con la normatividad en materia de
impacto ambiental.
Los
inspectores encontraron una construcción en una superficie de 462
metros cuadrados, la cual contempla
un área de cocina y almacén con paredes, techo y piso de cemento, un
área de baños, así como una zona de mesas semifijas y sillas para
comensales.
Asimismo,
detectaron una palapa con techo de palma sostenida con dos pilotes de madera y 20 columnas de concreto sobre suelo arenoso.
Durante
la visita, los inspectores solicitaron al responsable del restaurante
exhibiera la autorización
en materia de Impacto Ambiental, expedida por la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), para llevar a cabo las obras
inspeccionadas, documento que no fue exhibido en ese momento.
Por lo anterior, se procedió a imponer, como medida de seguridad, la clausura total temporal del establecimiento, la cual
se mantendrá hasta en tanto el inspeccionado
no acredite contar con la autorización federal correspondiente y se
implementen las medidas de mitigación, prevención
y compensación de los impactos ambientales adversos que se presentan en
la etapa de operación del restaurante.
La medida de seguridad se impuso con fundamento en el artículo170,
fracción I, de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
Las
obras y actividades cuya ejecución afecten ecosistemas costeros, deben
contar previamente con la autorización federal en materia de impacto
ambiental, de acuerdo a lo establecido en los artículos 28, fracción IX,
de la citada Ley y 5°, Inciso Q, de su Reglamento en materia de
Evaluación del Impacto Ambiental.
El responsable del restaurante podría hacerse acreedor a una multa equivalente de 30 a 50 mil Unidades de
Medida y Actualización, de conformidad con lo establecido en el artículo 171, fracción I, de la LGEEPA.
La
PROFEPA fortalece su compromiso de garantizar la conservación,
protección
y cuidado del medio ambiente y los recursos naturales de México,
mediante las actividades de inspección y vigilancia, procurando con ello
la justicia ambiental a través del estricto cumplimiento de la Ley.
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