martes, 31 de enero de 2017

CONCLUYE PROFEPA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CONTRA HOTEL ME BY MELIÁ CANCÚN E IMPONE MULTA POR 500 MIL PESOS


+ Resuelve que obras de los Edificios 1 y 2 del Hotel no generaron un riesgo inminente de desequilibrio ecológico o daño o deterioro alguno a los recursos naturales.

+ Empresa obligada a obtener autorización o exención en materia de impacto ambiental, así como cumplimentar medidas de prevención, mitigación y compensación impuestas.

         La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) concluyó el procedimiento administrativo instaurado en contra del Hotel Me by Meliá Cancún, tras que la empresa acatara y cumplimentara las medidas correctivas ordenadas por la construcción de dos nuevos edificios como parte de su proyecto de remodelación.  
 
         Ante ello,  impuso una sanción económica por $500,498.70 pesos al no contar con autorización o exención en materia de impacto ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) al realizar los trabajos de preparación del sitio, construcción y operación de las obras identificadas como Edificio 1 y Edificio 2 del citado proyecto.

         Es de precisar que en dicha área remodelada, existían antes albercas y restaurantes del propio hotel, obras anteriores a la entrada en vigor de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).

         Tras recibir la PROFEPA, por parte de la empresa responsable del proyecto, pruebas como la Licencia de Construcción para una Obra Nueva, por un periodo del 26 de agosto de 1987 al 26 de febrero de 1989, para llevar a cabo un hotel gran turismo, emitida por el H. Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, así como la Licencia de Construcción para la demolición y remodelación de diversas instalaciones, emitida por el mismo H. Ayuntamiento el 16 de agosto de 2016 (y vigente hasta el 16 de agosto de 2018),  se acreditó que el proyecto se ajusta a los supuestos de aviso de no requerimiento conforme al artículo 6º y Cuarto Transitorio del Reglamento de la LGEEPA en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

Ante ello,  se ordenó el levantamiento de la Clausura Parcial Temporal de obras y actividades; quedando subsistente dicha medida únicamente en las obras identificadas como “Edificio 1”, ubicado en el lado noreste del predio, y “Edificio 2” localizado al sureste del sitio inspeccionado, al no figurar en el proyecto inicial.

Del análisis del Estudio Técnico de Daños presentado, se determinó que los trabajos de demolición y construcción de los Edificios 1 y 2 dentro del Hotel Me by Meliá Cancún, no generaron un riesgo inminente de desequilibrio ecológico o daño o deterioro alguno a los recursos naturales, en virtud de que el sitio en donde se llevan a cabo dichos trabajos fue impactado previamente desde el año 1987, es decir, antes de que entrara en vigor la LGEEPA, siendo considerado actualmente el sitio como de Zona Urbana.

Derivado de lo antes expuesto, con fecha 27 de enero de 2017, la PROFEPA emitió y notificó la resolución administrativa que conforme a Derecho procedió, decretando la imposición de una multa por $500,498.70 pesos, la obtención de la autorización de impacto ambiental para su operación, o en su caso, la exención correspondiente y referente a los Edificios 1 y 2 del citado proyecto.

Así mismo, a fin de garantizar la protección de la Tortuga Marina, se ordenó como medida compensatoria la ejecución de un Programa Integral de Manejo, Protección y Conservación de la Tortuga Marina, a implementarse en el frente de playa del Hotel Me by Meliá Cancún.

En ese sentido, la PROFEPA dará seguimiento al pago de sanciones y al cumplimiento de las medidas impuestas durante visitas de inspección en materia de impacto ambiental.   

         Con este tipo de acciones, la PROFEPA reitera su compromiso en la defensa de los recursos naturales y en el cabal y estricto cumplimiento de la legislación ambiental vigente.

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