miércoles, 8 de agosto de 2018

CLAUSURA PROFEPA DOS PREDIOS POR ACTIVIDADES ILEGALES DE CAMBIO DE USO DE SUELO EN TERRENOS FORESTALES, EN COLIMA



+ Los inspeccionados no contaban con la autorización federal en materia forestal que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

+ Se constató afectación en una superficie de 12,500 m2.

         La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera temporal total dos predios en el “Ejido 26 de Julio”, municipio de Ixtlahuacán, Colima, por realizar cambios de uso de suelo en terrenos forestales sin la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

         Durante la visita de inspección, se constataron los cambios de uso de suelo en terrenos forestales que perturbaron una superficie de 12,500 metros cuadrados (7,500 m2 en un predio y 5,000 m2 en otro), afectando un volumen de 27,620 m3 de vegetación forestal de las especies conocidas en la región como guásima, rabelero, chamizo, espino blanco, majahua, higuerilla brava y papelillo, entre otras.

         En uno de los predios se afectó un volumen de 23,100 m3, en tanto que en el otro 4,520 m3 de vegetación forestal, lo anterior a fin de destinarlos a actividades agropecuarias y agrícolas sin contar con autorización de la SEMARNAT, causando cambios adversos a la vegetación natural y la pérdida de condiciones físicas de las plantas con crecimiento natural o espontáneo en los sitios inspeccionados.

          Por tal motivo, y con fundamento en lo previsto por el artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), se impuso como medida de seguridad la Clausura Temporal Total de los predios forestales para evitar que se continúe con el deterioro de los mismos.

Los inspeccionados podrán hacerse acreedores a una multa por el equivalente de 100 a 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, de acuerdo a lo señalado en el artículo 157, fracción II de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

         Cabe señalar que el Código Penal Federal en su artículo 418, establece una pena de 6 meses a 9 años de prisión, a quien desmonte o destruya la vegetación natural, corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles, o cambie el uso del suelo forestal.

La PROFEPA refrenda su compromiso mediante la procuración de justicia ambiental a través de inspecciones en ecosistemas forestales, para evitar el cambio de uso de suelo en terrenos de vocación forestal.

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