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Impone además una multa de $42,060.00; compensación de $1,600 dólares para la
manutención del ejemplar, así como el decomiso del Psitácido.
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Esta Procuraduría realizó un operativo en donde se sorprendió a esta persona
comercializando en la vía pública al ejemplar de vida silvestre.
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Perico mexicano (Aratinga Holochlora) está enlistado en la
NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría de especie Amenazada (A).
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) en días pasados
ejecutó un operativo, en el cual se sorprendió a una persona comercializando en
la vía pública, entre otra aves silvestres, a un ejemplar de Perico mexicano
(Aratinga Holochlora), especie considerada bajo la categoría de Amenazada (A)
por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.
El
responsable fue detenido y puesto a disposición de la Procuraduría General de
la República (PGR) por los posibles hechos constitutivos de delitos en contra
de la biodiversidad.
Derivado
de esta acción operativa y de la judicialización de la carpeta de
investigación, el Juzgado Cuarto de Distrito en materia Penal en Nuevo León,
emitió una sentencia mediante la cual impuso la pena privativa de la libertad
con 2 años de prisión y una multa de $42,060.00 pesos a esta persona por la
comercialización ilegal del ejemplar de vida silvestre.
Aunado
a ello, el órgano jurisdiccional notificó a la PROFEPA que dentro de la
sentencia condenatoria se estimará otorgar una compensación de $1,600 dólares para
la manutención y cuidado del ejemplar, el decomiso del ave, reparación de los
daños ocasionados al medio ambiente, con 600 horas de trabajo comunitario en
las instalaciones del Zoológico Parque La Pastora, las cuales deberán ser
cumplidas luego de purgar su condena en prisión.
Es
importante señalar que el aprovechamiento extractivo con fines comerciales o de
subsistencia de este tipo de aves correspondientes a la familia Psittacidae o
psitácido (loros, pericos y guacamayas), cuya distribución natural sea dentro
del territorio nacional se encuentra prohibido desde el año 2008, de acuerdo a
la Ley General de Vida Silvestre.
Los
pericos y las guacamayas están seriamente amenazados. El tráfico ilegal para el
mercado de mascotas, así como la destrucción de su hábitat, son las principales
causas del deterioro de las poblaciones silvestres.
Cabe
mencionar que el Artículo 420 del Código Penal Federal establece una pena de
uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil
Unidades de Medida y Actualización a quien ilícitamente realice cualquier
actividad con fines de tráfico, o capture, posea, transporte, acopie,
introduzca al país o extraiga del mismo, algún ejemplar de fauna silvestres
considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección
especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte.
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