martes, 21 de agosto de 2018

VERIFICA PROFEPA REPARACIÓN DE DAÑO AMBIENTAL POR DELITO COMETIDO CONTRA LA BIODIVERSIDAD, EN HIDALGO



+ Aceptado el avance en reparación del daño contra la biodiversidad, ordenado por la autoridad judicial.

+ Se observó que fueron sembrados 50 ejemplares con el sistema de plantación en Marco Real.

+ Aún se considera incumplida la reparación, ya que la plantación de cinco especímenes no corresponde con las características del sistema de plantación acordado en el Plan de Reparación del daño ambiental.

+ La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente interviene en el caso, en calidad de víctima u ofendida, en representación de la sociedad.


La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) da por aceptado el avance en la reparación del daño contra la biodiversidad, ordenado por la autoridad judicial a dos personas vinculadas a proceso, al no acreditar la legal procedencia de 64 piezas de Cedro Rojo, en el estado de Hidalgo.

No obstante, aún se considera incumplida --con la plantación de 50 ejemplares de vida silvestre--, ya que el arbolar de cinco especímenes, no corresponde con las características del sistema de plantación acordado en el Plan de Reparación del daño ambiental; además, deberá ser sustituida otra planta que se encontró atrofiada.

Personal actuante de la PROFEPA verificó el avance de la reparación de daños que se ordenaron dentro de la Causa Penal 81/2017, por el delito cometido contra la biodiversidad, por posesión ilegal de 64 piezas de Cedro Rojo (Cedrela odorata), en tablones de diferentes medidas, equivalente a un volumen de 1.5599 metros cúbicos rollo.

Esta Procuraduría inició acta circunstanciada, mediante la cual se verificó el avance de la reparación del daño a que se obligaron los imputados:

Se observó que fueron plantados 50 ejemplares con el sistema de plantación en Marco Real. De éstas, 11 son menores a 50 centímetros; sin embargo, reunieron las características de vigor y desarrollo.

Con ello, la PROFEPA da por aceptado el avance de la reparación del daño, con la excepción de cinco de las 50 plantas, en virtud de que no cumple con dichas características y la planta 12 deberá ser sustituida, al encontrarse despuntada (yema terminal atrofiada).

Con fecha 14 de junio del año 2017 se celebró la audiencia de suspensión condicional del proceso, en atención a la petición realizada por el Fiscal Federal, en la cual se presentó el plan de reparación del daño ambiental, acordado para la reparación del daño.
 
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente interviene en el caso, en calidad de víctima u ofendida, en representación de la sociedad, por lo que participó en el desahogo de la audiencia de suspensión condicional a proceso, en la que se estableció el plan presentado por el imputado para la reparación y/o compensación del daño causado.
 
La reparación del daño fue aceptada por el órgano jurisdiccional, consistente en que los imputados realizaran la plantación de 50 individuos de Cedro Rojo; inició en el mes de agosto del 2017, y tendrá una supervisión por el plazo de tres años.
 
La PROFEPA verificará la realización de las acciones de reforestación; en caso de incumplimiento, notificará al Juez para que sea reanudado el procedimiento penal.
 
El Juez hizo saber a los imputados que en caso de realizar obras o actividades que destruyan la reforestación, podrá ser motivo del inicio de un nuevo procedimiento por parte de la autoridad ambiental.
 
Derivado de un plan de reparación del daño, la autoridad judicial hizo del conocimiento que podrá suspender las medidas cautelares impuestas a los imputados en la audiencia inicial, previniendo a los imputados en el sentido de que si dejaran de cumplir injustificadamente con el plan antes mencionado, el ministerio público podrá solicitar que se revoque la suspensión condicional del proceso.

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