- En caso de que deban presentarse a laborar, tienen el derecho a recibir 3 veces el salario que perciben
MEXICALI, B.C.- Jueves 28 de junio
de 2018.- Ante la proximidad del día del proceso electoral a celebrarse
el domingo 1 de julio,
el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social (STPS), informa que de acuerdo a lo establecido en el
artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, ese día se cataloga como
descanso laboral obligatorio.
En este sentido, el titular de la
STPS, Francisco Iribe Paniagua, indicó que en caso de que trabajadoras y
trabajadores deban
presentarse a laborar, tienen el derecho a percibir el salario laboral
correspondiente al día y adicionalmente un salario doble, es decir 3
veces el salario que perciben.
De igual forma y conforme a la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 132 se estipula que el patrón deberá conceder el tiempo
necesario para que los trabajadores puedan acudir a votar y ejercer su derecho como ciudadanos.
En caso que las obligaciones antes mencionadas no sean respetadas, las y los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría de
la Defensa del Trabajo de la STPS, a recibir orientación jurídica totalmente gratuita.
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