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La legislación electoral de ningún modo contempla sancionar a los ciudadanos por emitir su opinión; menos, un medio de defensa en contra de resoluciones irregulares del @INEMexico a través de su Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral y convalidadas por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Por la denuncia de una diputada que acusó Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género, se ha acosado a ciudadanos y periodistas, interpretando la Ley Electoral (LGIPE) para aparentar que se está haciendo justicia, pero violentando todas las garantías procesales que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. ¿Hasta donde puede llegar la justicia, si sólo se sirve a un lado y al otro, ni siquiera se le hace saber que es parte de un procedimiento y se entera con la entrega de una sentencia donde se le condena a lo siguiente? - borrar tuit ofensivo - publicar por 30 días una disculpa pública redactada por el INE, la mar de humillante - publicar por 15 días un extracto de la sentencia (ambas en Twitter, dejando fijada la publicación entre las 8 am y las 22 hs - pagar una multa económica - tomar un curso contra violencia de género (con costo, cuando CONAPRED o INMUJERES los tienen gratuitos) - ser inscritos por tres años, en el registro nacional de violentadores contra las mujeres y una vez hecho todo eso, el INE ordenó a Twitter que se eliminen los perfiles por ser considerados nocivos para la comunidad tuitera. Y ahora que se ven descubiertos, y recriminador por organizaciones de Derechos Humanos de México y el mundo, dicen los Consejeros que el INE no sanciona... ¿acaso creen que estamos ciegos? Nos defenderemos porque hoy son unos pocos compañeros, pero de seguir así, seremos todos los que nos quedaremos sin voz
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