martes, 2 de mayo de 2017

CLAUSURA PROFEPA DESARROLLO INMOBILIARIO EN NAYARIT POR CARECER DE AUTORIZACIÓN FEDERAL


+Constata que no se cuenta con la autorización en materia de Impacto Ambiental para las obras y actividades realizadas en ecosistema costero.

+ Detecta afectación de Mangle blancoen una superficie de 54 metros cuadrados.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) impuso como medida de seguridad la clausura de manera total temporal un desarrollo inmobiliario ubicado en el Fraccionamiento Náutico Turístico de Nuevo Vallarta, municipio de Bahía de Banderas,Nayarit,por carecer de la autorización de Impacto Ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), así como por llevar a cabo remoción  de Mangle blanco(Laguncularia racemosa).

Inspectores de la Delegación de PROFEPA en la entidad detectaron actividades de construcción en un área total de 919 metros cuadrados, inmersa en ecosistema costero, donde hubo relleno a base de arena y grava para construir unaalberca, un cuarto de máquina-bodega-baño, un cuarto para guardar basura, así como la construcción de una casa habitación (planta baja y primer nivel).

Asimismo, en el área colindante al Estero “El Chino” se llevó a cabo la construcción de obras de banqueta de anclaje, escalera, y muelle flotante, con motivo de las obras, se llevó a cabo la remoción total de ejemplares de Mangle blanco (Laguncularia racemosa) en un área de 54 metros cuadrados, lo que se puede constatar por los vestigios observadosy por la vegetación testigo del área inspeccionada.

Por lo anterior, y con fundamento en el Artículo 170, Fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), así como a losArtículos117, 118 y 119 de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), la PROFEPA dictó como medida de seguridad la Clausura Total Temporal de las obras y actividades que se  realizaban.

Cabe destacar que,para el caso de que los responsables no logren acreditar durante la secuela procedimental que cuentan con la correspondiente autorización de impacto ambiental, para llevar a cabo las obras que motivaron la medida de seguridad, pueden hacerse acreedores a una sanción por llevar a cabo la construcción de desarrollos inmobiliarios en ecosistemas costeros, así como por actividades en humedales y manglares, sin contar con la autorización en materia de ImpactoAmbiental, la cual puede alcanzar una multa por el equivalente de 30 hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización.

Aunado a lo anterior, de confirmarse un daño ambiental, la PROFEPA podrá determinar la procedencia de la reparación y/o compensación correspondiente.

Por otra parte,la LGVS menciona que de llevarse a cabo las actividades de remoción de Mangle blanco(Laguncularia racemosa), así como por el relleno de humedales y manglares, la sanción puede alcanzar una multa por el equivalente de 50 hasta 75 mil Unidades de Medida y Actualización.

El Mangle blanco es una especie de vida silvestre que se encuentra listada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de especie Amenazada (A), por lo que su conservación es prioritaria.   

Con estas acciones, la PROFEPA busca que se cumplan con las disposiciones de la legislación ambiental vigente y se evite afectar o dañar los recursos naturales que integran los ecosistemas costeros del país.

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