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Tierra de monte se encontraba en diez costales, con un volumen total de 1.8 m3.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró de manera precautoria 300 kilogramos de tierra
de monte, en el municipio de Mineral del Chico, Hidalgo, debido a que su
propietario no acreditó la legal procedencia del producto forestal no
maderable.
Inspectores
de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad llevaron a cabo un
operativo de vigilancia en el Área Natural Protegida Parque Nacional “El
Chico”, en coordinación con personal de la Dirección del citado Parque y de
Fuerza de Tarea de Gobierno del Estado de Hidalgo.
Durante el recorrido detectaron a
personas que realizaban el aprovechamiento ilegal de tierra de monte en un bosque
de oyamel, quienes, al ser sorprendidas, se dieron a la fuga entre el bosque.
Enseguida
apareció otra persona, quien dijo ser el propietario de la tierra de monte que
se encontraba en diez costales, con un peso total aproximado de 300 kilogramos
y con un volumen total de 1.8 metros cúbicos.
Los
costales se encontraban en un sitio que abarcaba una superficie de 57.5 metros
cuadrados, espacio donde también se observó un pico y una pala con la cual
habían llenado los costales de tierra.
Igualmente,
se detectó cerca del lugar un vehículo estacionado sobre el camino que conduce
del Parque Nacional “El Chico” a Carboneras, el cual se utilizaría para la
carga del producto forestal no maderable.
Por
lo anterior, los inspectores federales de esta Procuraduría procedieron a
imponer, como medida de seguridad, el aseguramiento precautorio de los 300
kilogramos de tierra de monte, así como de las herramientas.
De
acuerdo al Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable,
Artículo 94. Las materias primas forestales, sus productos y subproductos,
respecto de las cuales deberá acreditarse su legal procedencia, Fracción VI…
tierra de monte.
Asimismo,
de acuerdo a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Artículo 163,
son infracciones de acuerdo a la Ley, Fracción X. Extraer suelo forestal, en
contravención a lo dispuesto en esta Ley, las normas oficiales mexicanas o en
las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables, o realizar
cualquier acción que comprometa la regeneración y capacidad productiva de los
terrenos forestales; los responsables pueden hacerse acreedores al equivalente
de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización.
Con
este tipo de operativos conjuntos, la PROFEPA reitera su compromiso para implementar
acciones permanentes en el combate del aprovechamiento ilegal de productos
forestales no maderable en el país.
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