+ Tras valorar las condiciones físicas y de salud de los 4 ejemplares, se determinó liberarlos en su hábitat, en un sitio
con bastante agua, vegetación y alimento.
+ Con la entrega voluntaria de los ejemplares y su liberación, la PROFEPA atiende denuncia popular presentada por Internet.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) liberó en su hábitat natural tres cotorras atoleras (Aratinga canicularis o Eupsittula
canicularis) y una urraca copetona cara negra (Calocitta colliei), entregadas de manera voluntaria por un particular en el municipio de Villa de Álvarez, en el estado de Colima.
En atención a una denuncia popular presentada por Internet,
inspectores de esta Procuraduría acudieron al domicilio reportado para
verificar su autenticidad, en el sentido de que un particular tenía en
posesión los especímenes referidos, todos juveniles,
y constatar las condiciones en que se encontraban.
Los inspectores de la PROFEPA, por tanto, solicitaron al particular la
nota de venta o factura de los ejemplares que amparara la legal
procedencia de los mismos, de acuerdo a lo establecido en la Ley General
de Vida Silvestre (LGVS) y su Reglamento, así como el registro
correspondiente ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) por la posesión, sin que presentara documentación alguna.
Por tal motivo, fueron aseguradas las aves y, con el apoyo de un
médico veterinario zootecnista, integrante del Comité de Vigilancia
Ambiental Participativa (CVAP) "Protección y Conservación de Fauna
Silvestre", se les revisó presentando buenas condiciones
físicas y de salud, por lo que se determinó que se encontraban aptas
para su liberación.
Tras el diagnóstico, inmediatamente se procedió a liberar en su
medio natural a los cuatro ejemplares, en un sitio alejado de la zona
urbana, con abundante agua, vegetación y alimentación, para garantizar
su sobrevivencia.
Es importante referir que la cotorra o perico atolero es una
especie protegida por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 en
la categoría Sujeta a Protección Especial (Pr) y listada en el Apéndice
II
de la Convención sobre el Comercio Internacional
de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES por sus siglas
en Inglés), por lo que con el propósito de inhibir su captura, posesión y
comercialización la PROFEPA continuará
con los recorridos sistemáticos y operativos especiales en materia de
vida silvestre.
Cabe señalar que el capturar ejemplares de vida silvestre, sin
las autorizaciones correspondientes emitidas por la Autoridad
competente, se considera un delito contra la biodiversidad.
La PROFEPA exhorta a la ciudadanía a no adquirir ejemplares de
vida silvestre, sin la documentación que acredite que provienen de
aprovechamientos sustentables autorizados o legalmente importados, toda
vez que ningún ejemplar de ave correspondiente a
la familia Psittacidae o psitácido (loros, pericos y guacamayas), cuya
distribución natural sea dentro del territorio nacional,
puede ser sujeto de aprovechamiento extractivo con fines comerciales.
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