sábado, 28 de julio de 2018

CONCLUYE PROFEPA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: DECOMISA 6 M3 DE MADERA Y MULTA DE 52 MIL PESOS



+ PROFEPA decomisó 6.113 m3 de madera en rollo de Pino, Cedro Blanco y oyamel, por no acreditar su legal procedencia.

+ Se impuso multa de 52 mil 390 pesos y, como medida correctiva, presentar el aviso de funcionamiento y código de identificación en un término de 10 días.


La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) decomisó más de seis metros cúbicos de madera y multó con más de 50 mil pesos, al concluir el procedimiento administrativo instaurado en contra del propietario de un aserradero, ubicado en el Corredor Biológico Chichinautzin, en Morelos, por ilegal procedencia del producto maderable, el cual fue notificado al responsable el pasado 19 de julio de 2018. 

El aserradero fue detectado por personal de inspección, durante un recorrido de vigilancia que la PROFEPA realiza al Área de Protección de Flora y Fauna Silvestres, Corredor Biológico Chichinautzin, en especial a la zona crítica forestal de Huitzilac.

La clausura total temporal se llevó a cabo el 27 de febrero de 2018, al no acreditar el visitado, la legal procedencia de seis metros cúbicos de madera en rollo de Pino, Cedro Blanco y Oyamel.

Tampoco presentó la Autorización de Funcionamiento, el Código de Identificación Forestal ni inscripción en el Registro Forestal Nacional, que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), con fundamento en el artículo 161 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

 Durante el desarrollo e integración del procedimiento no se acreditó la legal procedencia de la madera, por lo que con fundamento en el artículo 164 fracción V de la LGDFS, se impuso como sanción el decomiso de la misma.

         El inspeccionado no ofreció la documentación que acreditara que el establecimiento con giro de Centro de Almacenamiento y Transformación de Materias Primas Forestales estuviese autorizado por la SEMARNAT, por lo que le fue impuesta una multa de 650 Unidades de Medida y Actualización (UMAs); es decir, $52,390 pesos, por haber infringido lo dispuesto por el artículo 116 de la LGDFS

Asimismo, se le impuso como medida correctiva, un término de 10 días para que presente el Aviso de Funcionamiento como Centro de Almacenamiento y Transformación de Materias Primas Forestales Maderables con el giro correspondiente a las actividades que realiza y su Código de Identificación expedido por la SEMARNAT; en tanto, seguirá la CLAUSURA TOTAL TEMPORAL.

No hay comentarios:

Publicar un comentario