viernes, 12 de mayo de 2017

VIGENTE, EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO INSTAURADO AL H. AYUNTAMIENTO DE TAMPICO, TAMPS., POR OBRAS EN LAGUNA DEL CARPINTERO: PROFEPA


+ Obras realizadas por el H. Ayuntamiento de Tampico carecían de autorización en materia de Impacto Ambiental.

+ Presenta solicitud de conmutación de multa que es desestimada por no cumplir con los fines de interés público previstos por la legislación ambiental.

+ Actuación de la autoridad federal ambiental, oportuna y apegada al estricto cumplimiento de la ley.  

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informa que continúa vigente el Procedimiento Administrativo instaurado al H. Ayuntamiento de Tampico, Tamaulipas, por la realización de obras en terrenos de la Laguna del Carpintero sin contar con autorización en materia de Impacto Ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Esta Procuraduría, en atención a una denuncia ciudadana, realizó el 25 de junio de 2013 visita de inspección en materia de Impacto Ambiental al Proyecto de Construcción del Parque Ecológico Centenario, a realizarse en terrenos de la Laguna del Carpintero, sobre una superficie de 160,965 m2.

Como resultado de la visita de inspección, se inició procedimiento administrativo en contra del H. Ayuntamiento de Tampico, el cual concluyó con la Resolución Administrativa correspondiente, en la que se aplicó una sanción de $1 millón 682 mil 250 pesos.

Adicionalmente a la multa, la PROFEPA ordenó como medida correctiva del ilícito la restauración total del área en donde se ocasionó un daño al ambiente.
 
El 27 de junio de 2014, la Delegación de PROFEPA en Tamaulipas recibió oficio mediante el cual se interpuso recurso de revisión en contra de la resolución en cita por parte del H. Ayuntamiento de Tampico, Tamaulipas, con fecha 25 de agosto de 2014, confirmando la resolución emitida por dicha Delegación.

Nuevamente, se realizó el 31 de marzo de 2016 visita de inspección al H. Ayuntamiento de Tampico, Tamaulipas, con el objeto de verificar las medidas correctivas impuestas en la resolución, consistentes en  la restauración total del área intervenida en la Laguna del Carpintero, o en su caso deberá permitir la regeneración de las áreas intervenidas, a fin de que éstas no perdieran su vocación natural.

En respuesta, el H. Ayuntamiento de Tampico presentó solicitud de conmutación de la multa de $1,682,250.00, a efecto de financiar las medidas correctivas ordenadas previamente por la PROFEPA. Dicha petición fue desestimada por la Procuraduría pues el Municipio debe cumplir tanto con la obligación de reparar el daño, como con la de pagar la multa impuesta por la violación cometida, o bien, generar una inversión por el monto citado en acciones pro ambiente que no guarden relación con la infracción.

Cabe señalar que las medidas correctivas impuestas por la Delegación de la PROFEPA en Tamaulipas al H. Ayuntamiento de Tampico, establecen: la restauración total del área intervenida en la Laguna del Carpintero; la presentación de un plan de medidas de compensación, así como contar con previa autorización de la SEMARNAT en caso de realizar trabajos de nivelación, renivelación y despalme en zonas o áreas de manglar.  

Con este tipo de acciones, la PROFEPA refrenda su compromiso irrestricto y en cabal apego a lo establecido en la legislación federal ambiental, para la defensa y protección de los recursos naturales del país, así como para garantizar que las infracciones ambientales sean debidamente multadas.

+++

No hay comentarios:

Publicar un comentario