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Obras realizadas por el H. Ayuntamiento de Tampico carecían de autorización en
materia de Impacto Ambiental.
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Presenta solicitud de conmutación de multa que es desestimada por no cumplir
con los fines de interés público previstos por la legislación ambiental.
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Actuación de la autoridad federal ambiental, oportuna y apegada al estricto
cumplimiento de la ley.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informa que continúa
vigente el Procedimiento Administrativo instaurado al H. Ayuntamiento de
Tampico, Tamaulipas, por la realización de obras en terrenos de la Laguna del
Carpintero sin contar con autorización en materia de Impacto Ambiental que
expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Esta
Procuraduría, en atención a una denuncia ciudadana, realizó el 25 de junio de
2013 visita de inspección en materia de Impacto Ambiental al Proyecto de
Construcción del Parque Ecológico Centenario, a realizarse en terrenos de la
Laguna del Carpintero, sobre una superficie de 160,965 m2.
Como
resultado de la visita de inspección, se inició procedimiento administrativo en
contra del H. Ayuntamiento de Tampico, el cual concluyó con la Resolución
Administrativa correspondiente, en la que se aplicó una sanción de $1 millón
682 mil 250 pesos.
Adicionalmente
a la multa, la PROFEPA ordenó como medida correctiva del ilícito la
restauración total del área en donde se ocasionó un daño al ambiente.
El
27 de junio de 2014, la Delegación de PROFEPA en Tamaulipas recibió oficio
mediante el cual se interpuso recurso de revisión en contra de la resolución en
cita por parte del H. Ayuntamiento de Tampico, Tamaulipas, con fecha 25 de
agosto de 2014, confirmando la resolución emitida por dicha Delegación.
Nuevamente,
se realizó el 31 de marzo de 2016 visita de inspección al H. Ayuntamiento de
Tampico, Tamaulipas, con el objeto de verificar las medidas correctivas
impuestas en la resolución, consistentes en
la restauración total del área intervenida en la Laguna del Carpintero,
o en su caso deberá permitir la regeneración de las áreas intervenidas, a fin
de que éstas no perdieran su vocación natural.
En
respuesta, el H. Ayuntamiento de Tampico presentó solicitud de conmutación de
la multa de $1,682,250.00, a efecto de financiar las medidas correctivas
ordenadas previamente por la PROFEPA. Dicha petición fue desestimada por la
Procuraduría pues el Municipio debe cumplir tanto con la obligación de reparar
el daño, como con la de pagar la multa impuesta por la violación cometida, o
bien, generar una inversión por el monto citado en acciones pro ambiente que no
guarden relación con la infracción.
Cabe
señalar que las medidas correctivas impuestas por la Delegación de la PROFEPA
en Tamaulipas al H. Ayuntamiento de Tampico, establecen: la restauración total
del área intervenida en la Laguna del Carpintero; la presentación de un plan de
medidas de compensación, así como contar con previa autorización de la SEMARNAT
en caso de realizar trabajos de nivelación, renivelación y despalme en zonas o
áreas de manglar.
Con
este tipo de acciones, la PROFEPA refrenda su compromiso irrestricto y en cabal
apego a lo establecido en la legislación federal ambiental, para la defensa y
protección de los recursos naturales del país, así como para garantizar que las
infracciones ambientales sean debidamente multadas.
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