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Tres funcionarios de la APILAC desacatan el mandamiento y se oponen a visita de
inspectores federales.
+ PROFEPA solicitará la investigación y
deslinde de responsabilidades administrativas y penales de los servidores
públicos que obstaculizaron las acciones de verificación.
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La sanción puede ser una multa de 1.5 millones de pesos a cada funcionario por
impedir la acción de la justicia.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informa que el 17 de
mayo del presente año ordenó y ejecutó una visita de inspección federal,
dirigida a la Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas (APILAC), a
efecto de verificar el cumplimiento de la legislación en materia forestal.
La
diligencia fue practicada por inspectores federales, quienes se constituyeron
en las oficinas de la APILAC, en la cual acreditaron el motivo de su presencia
con la documentación que daba sustento legal al acto a realizarse.
Por
parte de Administración Portuaria participaron tres servidores públicos,
quienes se ostentaron como Subgerente de Construcción y Mantenimiento, así como
Subgerente de Operaciones de la APILAC. Participó una cuarta persona, quien
realizó diversas manifestaciones junto con los inspeccionados.
Los
funcionarios de la Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas se
negaron a que la diligencia del personal actuante de la PROFEPA se llevara a
cabo, con lo cual la autoridad se vio obstaculizada para verificar si la APILAC
cumple o no la ley, o si algún delito contra el ambiente se ha cometido en sus
instalaciones.
La
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, prevé que las
personas encargadas de atender una diligencia estarán obligadas a permitir al
personal autorizado el acceso al lugar o lugares sujetos a inspección, en los
términos previstos en la orden escrita que sea emitida por la PROFEPA, así como
a proporcionar toda clase de información que conduzca a la verificación del
cumplimiento de la Ley.
Asimismo,
establece que la Procuraduría podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública
para efectuar la visita de inspección, cuando alguna o algunas personas
obstaculicen o se opongan a la práctica de la diligencia, independientemente de
las sanciones a que haya lugar.
La
Ley General de Desarrollo Forestal prevé que obstaculizar al personal autorizado
para la realización de visitas de inspección, constituye una condición que le
permite a la PROFEPA iniciar procedimientos en contra de los funcionarios de la
APILAC que intervinieron en la diligencia, pudiendo imponer sanciones
equivalentes a un millón 500 mil pesos, a cada una de las personas que
resistieron las diligencias ambientales.
Asimismo,
la Procuraduría solicitará la investigación penal por el delito de
desobediencia y resistencia de un mandato legítimo de la autoridad, y la
responsabilidad administrativa adicional que pudiera derivar a las personas y
funcionarios que intervinieron.
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