domingo, 30 de junio de 2019

POLICIAS DE LA SSC DETIENEN A DOS PERSONAS POR PRESUNTO ROBO DE UN JUEGO METÁLICO


 
* Se recuperó un sube y baja de aproximadamente dos metros de largo en la colonia Santa María Aztahuacán.

Elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, a cargo del maestro Jesús Orta Martínez, adscritos al Cuadrante del sector 56  de la Policía Auxiliar (PA), detuvieron a dos hombres, uno menor de edad, señalados de robar un juego público –sube y baja-, en la alcaldía Iztapalapa.
 
Alrededor de las 17:30 horas, los uniformados realizaban un patrullaje preventivo dentro de la Estrategia de Proximidad por Cuadrantes, cuando en el Eje 6 Sur a la altura de la calle Cuauhtémoc, colonia Santa María Aztahuacán, un hombre perteneciente al área de Guardianes del Espacio Público de la alcaldía, les solicitó el apoyo e indicó que tenía a la vista a dos personas que habían cortado un juego metálico -sube y baja- y lo llevaban cargando por un camellón.
 
Metros adelante los policías detuvieron a los posibles responsables, de 43 y 15 años, quienes fueron puestos a disposición de la Agencia del Ministerio Público de la Coordinación Territorial IZP-6, donde se inició la capeta de investigación por el delito de robo (más de 750 salarios mínimos) de objetos.
 
Al momento de la detención se recuperó un juego de metal de aproximadamente dos metros de largo, de color amarillo con verde -sube y baja-.
 
De acuerdo al protocolo de actuación policial y previo a su presentación ante el representante social, los implicados fueron enterados de su derecho a guardar silencio, contar con un abogado y notificar a un familiar sobre su detención por parte de la policía capitalina.
 
Prevenir y salvaguardar la integridad de los ciudadanos es el compromiso de la SSC capitalina, por lo que, pone a sus órdenes el 911, la aplicación para teléfonos inteligentes “Mi Policía” y el número 52089898, para solicitar apoyo en materia de seguridad.

TRANSFORMA GEM IMAGEN URBANA DE TLALMANALCO CON LA CONVERSIÓN DE RED ELÉCTRICA AÉREA A SUBTERRÁNEA


 
• Inician, en julio, trabajos de modernización de la red eléctrica.
• Invierte Gobierno estatal 13.3 mdp en esta obra y en el mejoramiento del alumbrado público del Centro Histórico de Tlalmanalco.
• Coordinan acciones Secretaría de Obra Pública estatal y Comisión Federal de Electricidad.

Tlalmanalco, Estado de México, 27 de junio de 2019. Los Gobiernos del Estado de México y de la República iniciarán, el próximo mes de julio, los trabajos de conversión de la red de distribución eléctrica aérea a subterránea, en el Centro Histórico del municipio de Tlalmanalco.

El Gobierno estatal, a través de la Secretaría de Obra Pública, colaborará con una inversión de 13.3 millones de pesos, con los que además de contribuir en esta obra de modernización de la imagen urbana de este Pueblo con Encanto, llevará a cabo el mejoramiento del alumbrado público.

La dependencia estatal trabaja en coordinación con la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para disminuir la contaminación visual de postes y cables, así como mejorar la eficacia del suministro de energía eléctrica, en beneficio de 200 viviendas y comercios, lo que fortalecerá el dinamismo económico del municipio.

El Gobernador Alfredo Del Mazo Maza instruyó a la Secretaría de Obra Pública  para colaborar con inversión y trabajo para renovar la imagen urbana del municipio y con ello incrementar las condiciones de vida de los mexiquenses de la región, afirmó Rafael Díaz Leal Barrueta, titular de la dependencia.

La conversión de la red de distribución eléctrica aérea a subterránea aporta múltiples beneficios a la comunidad, entre los que destacan una mejor seguridad vial y peatonal, además de una mayor confiabilidad en el servicio, debido a que disminuyen las posibilidades de accidentes y la interrupción del suministro, provocados por factores como la caída de postes y cables.

POLICÍAS AUXILIARES DE LA SSC APREHENDIERON AUN HOMBRE POR PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO ILEGAL EN IZTAPALAPA


 
* Se aseguró un arma de fuego, tipo escuadra, calibre 22 milímetros, un cargador y 30 cartuchos útiles.

 
Elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, a cargo del maestro Jesús Orta Martínez, adscritos al Cuadrante del sector 56 base Cobra, de la Policía Auxiliar (PA),  detuvieron a un hombre por portación de arma de fuego ilegal, en calles de la alcaldía Iztapalapa.
 
En el marco de la Estrategia de Proximidad por Cuadrantes, los elementos de la PA realizaban sus recorridos de seguridad, cuando alrededor de las 19:34 horas del día de ayer miércoles, les solicitaron el apoyo en las calles de Villa Cid y Villa Franqueza, colonia Desarrollo Urbano Quetzalcóatl.
 
La denunciante, refirió y señaló  a un hombre, como el presunto responsable de manipular un arma de fuego, quien  vestía pantalón de mezclilla de color azul, chamarra negra con azul y zapatos color café.
 
En una rápida acción, los uniformados arrestaron a un hombre, de 26 años, a quien de acuerdo al protocolo de actuación policial se le realizó una revisión precautoria, en la que se le encontró a la altura de la cintura un arma de fuego, tipo escuadra, calibre .22 milímetros, con un cargador que en su interior contenía 10 cartuchos útiles; así como 20 cartuchos más que llevaba en la bolsa delantera del pantalón.
 
Motivo por el cual, al imputado, previo a su presentación ante la Agencia del Centro de Operaciones Especiales de la Fiscalía General de la República (COE), donde se definirá su situación Jurídica, se les informó de su derecho a guardar silencio, contar con un abogado y enterar algún familiar de su detención por la Policía Preventiva de la Ciudad de México.
 
Prevenir y salvaguardar la integridad de los ciudadanos es el compromiso de la SSC capitalina, por lo que, pone a sus órdenes el 911, la aplicación para teléfonos inteligentes “Mi Policía” y el número 52089898, para solicitar apoyo en materia de seguridad.

EMITE VOLCÁN 169 EXHALACIONES ACOMPAÑADAS DE VAPOR DE AGUA, GASES VOLCÁNICOS Y LIGERAS CANTIDADES DE CENIZA. CONTINÚA SEMÁFORO EN AMARILLO FASE 2

 
En las últimas 24 horas, por medio de los sistemas de monitoreo del volcán Popocatépetl, se identificaron 169 exhalaciones, acompañadas de vapor de agua, gases volcánicos y ligeras cantidades de ceniza.

Se registraron cinco explosiones, dos el día de ayer a las 13:36 y 15:09 horas, que por condiciones meteorológicas no se tuvo visibilidad para determinar altura y dirección, y tres explosiones registradas hoy a las 00:52, 4:40 y 9:18 horas, con moderado contenido de ceniza.

La explosión de las 00:52 horas alcanzó una altura de columna de 1.5 km y se dispersó en dirección Sureste, arrojando fragmentos incandescentes sobre las laderas a 1 km de distancia.

La explosión de las 4:40 horas alcanzó una altura aproximada de 1 km, se dispersó en dirección Sureste y arrojó fragmentos incandescentes a corta distancia.

La ultima explosión se registró hoy a las 9:18 horas, tuvo una altura aproximada de 1.5 km y se dispersó inicialmente en dirección Sureste.

Adicionalmente, se registró un sismo volcanotectónico ayer a las 10:43 horas con magnitud preliminar de 2.0 y 89 minutos de tremor.

Al momento de este reporte no se tiene visibilidad, sin embargo cualquier evento será dispersado en dirección Este-Sureste.

El sistema de monitoreo del volcán Popocatépetl opera las 24 horas. El Cenapred mantiene una vigilancia estrecha ante cualquier evento y en caso de algún cambio en los parámetros de monitoreo se reportará oportunamente. También exhorta a NO ACERCARSE al volcán ni al cráter, por el peligro que implica la caída de fragmentos balísticos.

El Semáforo de Alerta Volcánica del Popocatépetl se encuentra en AMARILLO FASE 2. Los escenarios previstos para esta fase son que continúe la actividad explosiva de escala baja a intermedia, lluvias de ceniza leves a moderadas en poblaciones cercanas, posibilidad de flujos piroclásticos y flujos de lodo de corto alcance.

Las recomendaciones para la población ante esta actividad son no hacer caso a rumores y estar atentos a la información que emita la Coordinación Nacional de Protección Civil por sus canales y cuentas oficiales www.gob.mx/cenapred y @CNPC_MX.

Asimismo, se le recomienda elevar la atención a los avisos de las autoridades de su localidad. A las autoridades de Protección Civil, mantener sus procedimientos preventivos, de acuerdo con sus planes operativos.

La Coordinación General de Protección Civil del Estado de México invita a la población en general a mantenerse informados a través de los sitios oficiales http://cgproteccioncivil.edomex.gob.mx, www.gob.mx/proteccion-civil y www.gob.mx/cenapred, así como en los números telefónicos para reportar emergencias 01800-713-4147 y 911.

Fuente: Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred). Coordinación General de Protección Civil del Estado de México.

Resultados de la compra consolidada de medicamentos


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Salud informan que el proceso de licitación de la compra consolidada de medicamentos y   material de curación, que culminó el pasado viernes, resultó conforme lo planeado. Como se ha mencionado anteriormente, hay resistencias naturales al nuevo modelo de compra del Gobierno de México.

Por ello, esta  licitación es un primer ejercicio para construir el nuevo modelo de compras consolidadas.

La compra del viernes equivale a cerca de 7 mil millones de pesos, de los cuales se ahorraron cerca de más de mil millones. Esto equivale a 20 por ciento de ahorro respecto al año anterior. No obstante, se declararon desiertos algunas claves de medicamentos y materiales de curación. Lo anterior en razón de que no se presentaron proveedores al proceso o lo hicieron con precios mayores a los de referencia.

Es importante mencionar que los precios máximos de referencia se  establecieron a partir de una investigación de mercado internacional, con la asesoría permanente de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), organismo de la ONU especializado en compras  gubernamentales.


Asimismo, el abasto de medicamentos está garantizado. Por un lado, existe un contrato consolidado suscrito por la administración anterior, el cual concluye hasta el 31 de diciembre de 2019. Por otro lado, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público prevé la posibilidad de llevar a cabo adjudicaciones directas de manera inmediata.


Conscientes de los ahorros que requiere el Gobierno de México para fortalecer, entre otros aspectos, el Sistema de Salud para el bien de todos los mexicanos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Salud agradecen a los proveedores que decidieron trabajar y contribuir a la transformación del país.

COMBATE A LA DEFRAUDACIÓN FISCAL SIN PERJUDICAR A LOS BUENOS CONTRIBUYENTES Señal COPARMEX Extraordinaria: Junio 30, 2019


La Coparmex ha apoyado y apoyará iniciativas para combatir esquemas simulados de defraudación fiscal, y entendemos que estas prácticas indebidas han afectado gravemente la recaudación fiscal en el país y han generado además una competencia inequitativa de los empresarios que contribuyen al empleo y al pago de contribuciones mediante actividades lícitas.

La defraudación fiscal, genérica y equiparada, consistente en la omisión total o parcial del pago de alguna contribución o la obtención de un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal, mediante engaños y/o aprovechamiento de errores, no puede ser considerada una amenaza a la seguridad nacional, ya que aún y cuando puede afectar de manera considerable la recaudación de contribuciones, no pone en riesgo la estabilidad financiera y/o económica del Estado Mexicano.

En todo caso, el delito que podría poner en riesgo la estabilidad financiera y/o económica del Estado Mexicano sería el delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (lavado de dinero, artículo 400 Bis CFP), operaciones que pudiesen derivar de defraudaciones fiscales así como de otros delitos susceptibles de tratamiento excepcional.

La expedición y/o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas y/o actos jurídicos simulados son conductas tipificadas en el artículo 113 Bis; del Código Fiscal de la Federación; éste es el tipo penal que debería ser materia del Proyecto de Decreto en cuestión, no así los delitos de Defraudación Fiscal ni Defraudación fiscal equiparada, previstos en los artículos 108 y 109 del Código Fiscal de la Federación.

El sector patronal considera innecesaria y desproporcional la incorporación del tipo previsto en el artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación al Delito de Delincuencia Organizada, ya que las conductas descritas previamente se encuentran correctamente legisladas en el Código Fiscal de la Federación, puesto que se puede sancionar a los autores, autores materiales, coautores, participes, cómplices, auxiliadores, inductores y/o encubridores así como se ha previsto la sanción por la práctica permanente o reiterada si el delito es continuado ya que la pena podría aumentarse hasta una mitad más (Interpretación Artículo 95 y 99, Código Fiscal de la Federación).

Aunado a lo anterior con la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, el Ministerio Público de la Federación puede realizar todos los actos de investigación necesarios para acreditar el delito tipificado en el artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación, sin que se justifique la necesidad de aplicar las Técnicas Especiales de Investigación permitidas en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada: tales como operaciones encubiertas (Artículo 251, fracción IX, CNPP), Inmovilización de cuentas y valores en el sistema financiero (Artículo 138 y 242; CNPP), Intervención de comunicaciones privadas y correspondencia. (Artículo 252, CNPP) entre otras.

En el dictamen que se pretende aprobar en el Senado se propone, entre otras cosas, adicionar al Artículo 2, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, como fracción VIII Bis; la Defraudación Fiscal y la Defraudación Fiscal Equiparada calificados, delitos previstos en los artículos 108 y 109, del Código Fiscal de la Federación, sin embargo, la conducta de los llamados “factureros” que se pretende sancionar se ha tipificado en el artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación.

La propuesta sugerida en el anteproyecto de dictamen comentado podría generar como riesgo que el Juez de Control pueda modificar la clasificación jurídica propuesta por el Ministerio Público, aplicando el principio de especialidad (Artículo 6, CPF); y reclasificar los hechos considerando aplicable el delito tipificado en el artículo 113 Bis, del Código Fiscal de la Federación.

El sector productivo y Coparmex en lo particular hemos planteado propuestas para investigar la expedición y/o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas y/o actos jurídicos simulados, conductas tipificadas en el artículo 113 Bis, del Código Fiscal de la Federación.
Al respecto, considerando la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2019, mediante la cual se tipifica como delito la expedición y/o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas y/o actos jurídicos simulados proponemos que se debe complementar el delito previsto en el artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueda cuantificar la reparación del daño integral a favor del Fisco Federal, si el daño o perjuicio es cuantificable, por lo que es importante adicionar dicho tipo penal al artículo 92, fracción I, del Código Fiscal de la Federación; de tal forma, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tenga la facultad de cuantificar el daño o perjuicio al presentar su querella, ya que, aún y cuando dichos delitos no son de resultado material, se podría cuantificar un daño o perjuicio mediante el crédito fiscal correspondiente y tener derecho a exigir la reparación del daño integral (Interpretación del artículo 92, párrafo sexto, del Código Fiscal de la Federación).

Por lo anterior sería conveniente y necesario adicionar el artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación al artículo 92, fracción I, del Código Fiscal de la Federación; con el objeto de que únicamente puedan ser investigados previo la querella de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el daño o perjuicio pueda ser cuantificable.

Asimismo, es importante y necesario adicionar el artículo 113 Bis; del Código Fiscal de la Federación al listado establecido en el artículo 11Bis del Código Penal Federal; con el objeto de que las personas jurídicas puedan ser penalmente responsables por este delito.

Es necesario valorar que la Defraudación Fiscal, genérica y/o equiparada, previstos en los artículos 108 y 109, del Código Fiscal de la Federación no puede ser considerada una amenaza a la seguridad nacional toda vez que generalmente se trata de omisión de contribuciones, totales o parciales, cuyos montos no ponen en riesgo la estabilidad económica del Estado, sin embargo, de manera excepcional podrían acreditarse casos concretos de operaciones con recursos de procedencia ilícita cuya comisión sí ponga en riesgo la estabilidad financiera y/o económica del Estado Mexicano, pero, en todo caso, sería como consecuencia de diverso delito normalmente acompañado de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Lavado de Dinero). Por lo anterior, esta reforma será cuestionada sobre posible inconstitucionalidad al pretender que la Defraudación Fiscal y/o la Defraudación Fiscal Equiparada, se consideren delitos que atentan contra la Seguridad Nacional. (Interpretación de los artículos 3 y 5; de la Ley de Seguridad Nacional).

Para hacer una analogía muy simple, con estas reformas se pretende matar un pájaro con una escopeta en lugar de utilizar un rifle de precisión con estas reformas que se proponen sí, efectivamente se pretende acabar con la practica indebida de los “factureros” o empresas fantasmas pero no estamos de acuerdo en que sea a cualquier costo, pues es posible que de nuevo paguen justos por pecadores y en lugar de utilizar los recursos del Estado para con precisión se busque, localice y encarce a quienes realicen estas prácticas indebidas y sin modificar las leyes faciliten estas medidas, por lo que una forma exacta y clara.

Hacemos un llamado al Senado a escuchar nuestras propuestas.

Indicador #MejoresEmpleos de #DataCOPARMEX sin cambios importantes a 6 meses de la entrada del nuevo Gobierno



La Confederación Patronal de la República Mexicana dio a conocer el último informe #DataCOPARMEX de su indicador económico #MejoresEmpleos que mide el porcentaje de empleos formales con un salario superior a dos veces la línea de bienestar establecida por el CONEVAL. En el informe destaca que únicamente el 52.6% de los trabajadores mexicanos en el mercado formal, cuentan con un salario suficiente para mantenerse a sí mismo y a un dependiente.

A pesar de que la tasa de desempleo en el país es baja (3%), a seis meses de haber dado inicio el nuevo gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, el indicador #MejoresEmpleos apenas ha tenido una variación negativa de (-)0.3 puntos porcentuales respecto al mismo trimestre de 2018 ubicado en 52.9%. Esto se traduce en que, a cifras actuales, 24 millones de trabajadores en la formalidad acceden a un salario menor a $6,216 pesos en zonas urbanas, y menor a $4,024 pesos en zonas rurales.

La COPARMEX resaltó que los empleos bien remunerados en México han presentado una tendencia a la baja desde hace 15 años, considerando que en 2005 el promedio nacional referente a buenos empleos se ubicaba en un 67%. Con la disminución en este porcentaje se ha afectado también el poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias.

Adicional al panorama nacional, el informe estatal de #MejoresEmpleos de #DataCOPARMEX concluye que:
  • En 9 estados de la República la mayoría de los trabajadores no cuentan con un salario lo suficientemente alto para poder cubrir la línea de bienestar establecida por el CONEVAL para el trabajador y un dependiente1.
  • Morelos destaca como la entidad peor evaluada en la que sólo el 37% de los empleados formales acceden a un salario suficiente para mantenerse a sí mismos y a un dependiente económico.
  • Veracruz destaca como el estado que más ha disminuido el porcentaje de buenos empleos en el último año. La entidad pasó de tener 48% de empleos con suficiente ingreso en 2018 a tener 43% de empleos con una remuneración suficiente para cubrir la línea de bienestar familiar. Este dato genera mayor alerta al considerar el contexto del 62% de la población veracruzana que vive en situación de pobreza y los amplios flujos migratorios que el estado está recibiendo.
  • Guanajuato y Nuevo León han logrado aumentar el porcentaje de trabajadores que cuentan con un salario suficiente para poder mantener a sus familias. Sin embargo, no superan el 70% de sus trabajadores.

Finalmente, el informe de #DataCOPARMEX concluye que para fortalecer los salarios en el empleo formal es necesario que el Gobierno de México adopte e impulse políticas públicas enfocadas a fortalecer el salario como las que plantea la COPARMEX en su propuesta “Nueva Cultura Salarial”, y atiendan el llamado a mejorar el proceso de toma de decisiones, particularmente en los grandes proyectos de inversión, a fin de que abonen a la confianza y a la certidumbre que requiere México.

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Los datos completos, así como las mediciones y actualizaciones de los 10 indicadores políticos, económicos y sociales que conforman #DataCoparmex pueden ser consultados en www.datacoparmex.mx

1 La canasta básica alimentaria y no alimentaria a marzo 2019 establecida por el CONEVAL fue de: $3,108.18 para zonas urbanas y de $2,012.94 para zonas rurales al mes).